El Gobierno de Dina Boluartte decretó este martes el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario en las siete provincias del departamento de Apurímac, como parte de las acciones para hacer frente a las medidas de fuerza que se registran en dichas jurisdicciones y que hasta el momento han provocado la muerte de no menos tres personas.
La medida comprende las provincias de Abancay, Andahuaylas, Chincheros, Grau, Cotabambas, Antabamba y Aymaraes del departamento de Apurímac.
Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales
Durante el Estado de Emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas
La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
Informe
De acuerdo a la norma publicada hoy. dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia, la Policía Nacional del Perú debe presentar al Titular del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.
La declaratoria del Estado de emergencia está comprendido en un Decreto Supremo lleva la firma de la presidente de la República, Dina Boluarte con el refrendo del jefe del Gabinete Ministerial, Dina Boluarte y los ministros de Defensa, Luis Alberto Otárola Peñaranda, del Interior, César Cervantes Cárdenas y de Justicia y Derechos Humanos, José Tello Alfaro.