Condenados en primera instancia, como es el caso de Vladimir Cerrón, no podrán postular a la presidencia, en cambio, procesados o investigados y que incluso estuvieron en más de una oportunidad detenidos en un penal, (caso Keiko Fujimori) si podrían podrían tentar cargos públicos por elección.
Este martes, la Comisión de Constitución y Reglamento, presidida por el congresista Hernando Guerra García (FP), aprobó el dictamen de reforma constitucional que establece los impedimentos para postular a un cargo de elección popular.
La iniciativa recaída en los proyectos de ley 672/2021-CR, 682/2021-PE, 691/2021-CR, 916/2021-CR, 1244/2021-CR, 1374/2021-CR, entre otros, busca garantizar la idoneidad en la función pública.
El dictamen aprobado modifica los artículos 34-A, 39-B y el inciso 22 del artículo 139 de la Constitución, establece en el artículo 34-que están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas con sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
En el caso de las personas condenadas a pena privativa de la libertad, efectiva o suspendida, con sentencia consentida o ejecutoriada en calidad de autoras, cómplices o instigadoras por la comisión dolosa de los tipos penales referidos al terrorismo y apología al terrorismo, el impedimento resulta aplicable hasta diez años después de haber sido rehabilitadas.
En este grupo están incluidos también los condenados tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, homicidio en sus diversas modalidades, trata de personas, secuestro, contra la seguridad nacional y traición a la patria, contra los poderes del Estado y el orden constitucional; el impedimento resulta aplicable hasta diez años después de haber sido rehabilitadas.
La iniciativa fue aprobada con 10 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones.