viernes, octubre 4, 2024
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Congreso con más poder: Permanente podrá interpelar a ministros durante interregno parlamentario

Según un dictamen de reforma constitucional aprobado por mayoría  (11 votos a favor, seis en contra y cuatro abstenciones) en la Comisión de Constitución y Reglamento, el Congreso de la República está a punto de inclinar la balanza a su favor en su cuota de poder frente al Ejecutivo.

En su sesión habitual, el grupo de trabajo aprobó la modificación del artículo 135 de la Constitución Política, cuyo nuevo texto señala: “La Comisión Permanente revisa los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario; y procede a su prórroga, modificación o derogatoria de acuerdo con su reglamento. La Comisión Permanente durante el interregno parlamentario ejerce las demás acciones de control político según lo regulado en su reglamento”.

Esto significa que la Comisión Permanente podrá  en el interregno parlamentario, interpelar a los ministros de Estado, formular estación de preguntas, solicitar la concurrencia de ministros de Estado para informar y requerir información a cualquier institución pública o privada en el cumplimiento de sus funciones.

La aprobación de la iniciativa legislativa, de autoría del congresista Hernando Guerra García Campos (FP), fue aprobada después de un breve cuarto intermedio, que sirvió para recoger los aportes de los miembros de ese grupo de trabajo legislativo.

En la sustentación de la propuesta, Guerra García Campos señaló que durante el interregno pareciera que el Poder Ejecutivo asume un poder omnipotente, al punto de disolver el Congreso, dada las restricciones de funciones de la Comisión Permanente.

Entre los beneficios que se argumenta en la iniciativa están que dota de certeza los alcances del control político de la Comisión Permanente; desarrolla el contenido constitucional de la función de control político, y fortalece la división de poderes en situación de crisis política.

En el debate, la congresista Ruth Luque Ibarra (CD-JPP) consideró que se estaría distorsionando los fines del interregno parlamentario.

El congresista Alejandro Cavero Alva (Avanza País) manifestó que no se debe seguir permitiendo que, en un espacio de interregno, el Poder Ejecutivo no le rinda cuentas a nadie, lo que no es democrático.

La legisladora Gladys Echaíz pidió reflexionar sobre el tema, por la necesidad de aclarar parte de los procedimientos, como el caso de requerir la intervención de la Comisión de Constitución, como lo establece el Reglamento.

El congresista Germán Tacuri Valdivia (BMCN) pidió un cuarto intermedio porque -sostuvo – parecería que se estaría dando mayores facultades al Poder Legislativo que al Ejecutivo.

La congresista Adriana Tudela Gutierrez (Avanza País) respondió que de lo que se trata es poner limitaciones al poder político en defensa del Estado de derecho, donde no cabe una disolución del Congreso.

La legisladora Patricia Juárez Gallegos (FP) dijo que es importante considerar, entre las atribuciones de la Comisión Permanente, ejecutar la defensa del Congreso ante cualquier instancia.

El argumento del proyecto

“El derecho constitucional afirma que el equilibrio de poderes es un garante del sistema democrático de gobierno, evitando que uno de los cuales, ante la ausencia o reducción de los demás, ejerza el poder sin control, en consecuencia, siendo la esencia del derecho constitucional el controlar el poder, y este axioma solo es posible, cuando el poder se encuentre dividido, concluimos que durante el interregno parlamentario, el Poder Ejecutivo deviene en un poder sin control, carente de fiscalización política de parte del Parlamento, y si bien existen otras instituciones constitucionales que podrían contrapesar el robustecimiento del Ejecutivo durante ese espacio temporal, ninguna tiene la intensidad ni la fuerza para realizar el control político, como lo realiza el Congreso de la República”.

Agrega: “Por estas razones, podemos concluir a prima facie que, si es necesario y hasta inevitable intensificar el control político de la Comisión Permanente durante el interregno parlamentario, ello con el propósito de que no se devenga en poderes descontrolados que son contrarios a un Estado Constitucional, el cual tiene como dogma, la división y balance de poderes y es de obligatorio cumplimiento, incluso, durante el interregno parlamentario. Es así como no debemos olvidar que la literatura politológica afirma: “El instrumento con que los padres del constitucionalismo esperaban proteger la libertad individual era la separación de poderes”.

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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