La presidencia del Congreso de la República , ejercida en calidad de encargado por el representante de Alianza para el Progreso, Luis Valdez Farías, emitió la noche del miércoles un pronunciamiento público en el que asegura que su gestión “garantiza de manera firme y democrática la moratoria que impide la creación de universidades privadas a nivel nacional”.
A renglón seguido, la presidencia del Congreso de la República se compromete a “fortalecer la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), así como mantener “su independencia”.
“Colaboraremos desde el Congreso de la República para que continúe su importante aporte a la educación universitaria nacional”, señala el pronunciamiento, cuyo texto reproducimos:

Informó que en la agenda se tenía programada la sustentación de proyectos de creación de nuevas universidades públicas no privadas que a su parecer, “están pensadas para favorecer a alumnos de diferentes regiones del país, que son presentadas a su vez por parlamentarios de diversas bancadas”.
Las propuestas son: creación de la Universidad Tecnológica de Paita, Piura; Universidad Nacional Pedro Vilcapaza Alarcón de Azángaro, Puno; Universidad Nacional Intercultural de Loreto; Universidad Nacional Intercultural Aymara y Quechua, en la provincia de Chucuito, Juli, Puno; y Universidad Nacional Tecnológica de Huaral.
Nuevos requisitos para ocupar cargo de rector
La legisladora Carmen Núñez (FREPAP) expuso el proyecto de ley de su autoría que propone modificar la Ley Universitaria con la finalidad de promover la descentralización de la SUNEDU, incorporar requisitos y causales para elegir a rectores y garantizar la participación de los representantes universitarios.
La iniciativa presentada en el Congreso de la República propone la incorporación de órganos desconcertados, la creación de oficinas a nivel nacional, y que en la Asamblea Universitaria, los representantes de los estudiantes de pregrado y posgrado pertenezcan al medio superior.
Fija además como requisito para elegir el cargo de rector, no tener mandato de detención por delitos dolosos, o que sea causal de vacancia de las autoridades universitarias a aquellos que se encuentren con mandato de detención por delitos dolosos.