El Estado de emergencia sanitaria en el país por la covid 19 continuará por otros 90 días a fin de permitir la continuación de las acciones de prevención, control y atención de salud para la protección de la población frente a la pandemia del covid-19.
De acuerdo con el Decreto Supremo 031-2020-SA publicado hoy, la prórroga regirá a partir del 7 de diciembre del 2020 por un plazo de 90 días, es decir hasta la primera semana de marzo.
“Corresponde al Minsa, al Instituto Nacional de Salud y al Seguro Social de Salud – EsSalud realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de Acción–Vigilancia, contención y atención de casos del nuevo covid-19 en el Perú”, señala la norma.
Durante la prórroga, agrega, se continuará con la contratación de los bienes y servicios detallados en las listas de “Bienes o servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria covid-19“, contenidas en el Anexo II del Decreto Supremo N° 010-2020-SA, modificado por Decreto Supremo N° 011-2020-SA y N° 029-2020-SA.
Las contrataciones y adquisiciones que se continúen realizando al amparo del presente Decreto Supremo y de los Decretos Supremos N° 008-2020-SA, N° 010-2020-SA, N° 011-2020-SA, N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA y N° 029-2020-SA deben destinarse exclusivamente para los fines que establecen dichas normas, bajo responsabilidad.