domingo, marzo 26, 2023
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Defensoría espera trayectoria profesional libre de cuestionamiento de idoneidad moral del nuevo PGE

La Defensoría del Pueblo consideró imperativo y urgente designar en el puesto de Procurador General de la República a un/a profesional no solo con conocimientos y experiencia acreditados sino con una trayectoria profesional libre de cualquier tipo de cuestionamiento de idoneidad moral.

A través del oficio N° 0254-2022-DP/ALCCTEE, dirigido al secretario general del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ramón Alcalde Poma, la institución exhorta a incidir de manera rigurosa en la exigencia del cumplimiento de la función que le corresponde a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) en el sentido de verificar la estricta observancia de las citadas exigencias en el proceso de designación del nuevo o de la nueva procurador o procuradora general del Estado.

El documento firmado por la adjunta de Lucha contra la Corrupción, Transparencia y Eficiencia del Estado, Susana Silva Hasembank, señala que en su momento la Defensoría del Pueblo solicitó información respecto de la evaluación de cumplimiento de requisitos en la designación de Javier Wilfredo León Mancisidor como procurador, cargo en el cual permaneció por pocos días. [Esta gestión fue realizada luego de designación del funcionario].

El domingo último León Mancisidor anunció su renuncia al cargo tras revelarse que tuvo una investigación fisca por delito de fraude procesal y falsificación de documentos así como la existencia de una suspensión de cuatro años de su colegiatura por parte del Colegio de Abogados de Lima, debido a la vulneración al Código de Ética.

El numeral 8 del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, además de los requisitos formales para ser designado miembro del Consejo Directivo de la PGE, señala que se requiere “gozar de idoneidad profesional (…)”. En la misma línea, la Ley N.° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública precisa que toda persona que desempeñe algún cargo o función pública debe reunir como condiciones generales no solo las aptitudes técnicas y legales, sino también, la moral y ética.

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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