Medidas excepcionales para hacer frente a las marchas de protesta contra el Gobierno convocadas en Lima y Callao y el interior del país aprobó este sábado mediante Decreto Supremo el Consejo de Ministros, las mismas que regirán a partir del domingo 15 de enero.
Estas son las medidas:
Primero: Declaratoria del Estado de Emergencia por 30 días en los departamentos de Lima, Puno y Cusco, la provincia Constitucional del Callao, las provincias de Andahuaylas (Apurímac) Tambopata y Tahuamanu (Madre de Dios) y el distrito de Torata provincia de Mariscal Cáceres (Moquegua).
Segundo: Declaratoria del Estado de Emergencia por 30 días en las carreteras de la Red Vial Nacional: Carretera Panamericana Sur, Carretera Panamericana Norte, Carretera Central, Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, Corredor Vial Interoceánica Sur.
Tercero: Inmovilización social obligatoria (Toque de queda) por el término de diez (10) días calendario en el departamento de Puno desde las 20:00 a las 04:00 horas. En este horario, las personas, con algunas excepciones, deberán permanecer en sus domicilios,
Razones de la decisión
Según reza el Decreto Supremo, informes reservados “dan cuenta de diversos conflictos sociales registrados a partir del 4 de enero de 2023 en las zonas decretadas en Estado de Emergencia, los que vienen generando actos de violencia y vandalismo contra instituciones públicas y privadas, agresiones contra la integridad personal de los ciudadanos y autoridades, así como bloqueos de carreteras en diversos puntos del país”.
¿Qué pasa en un Estado de Emergencia?
Quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Policía Nacional del Perú y Fuerzas ArmadasLa intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento-