Indecopi anunció hoy que en el marco de su autonomía, la Secretaría de Fiscalización de Competencia Desleal solicitó a la procuraduría del Indecopi, que apele la resolución emitida por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, dependencia que forma parte de la propia institución.
“Lo que va a suceder ahora que entre ellos (miembros de Idecopi) van a discutir quien no ha hecho mejor la tarea”, comentó Saby Mauricio, exdecana del Colegio de Nutricionistas.
En una nota informativa emitida Indecopi explicó que “ambas comisiones son funcionalmente autónomas, no obedecen a decisiones de la Alta Dirección del Indecopi, y en virtud de ello resolverán la discrepancia técnica en el Tribunal del Indecopi”.
Entre tanto, la Ley de Promoción de Alimentación Saludable de Niños, Niñas y Adolescentes, así como su Reglamento que regula la publicidad de los octógonos, se encuentran plenamente vigentes. Indecopi carece de facultades para derogar una Ley. El Reglamento (aprobado por Decreto Supremo N°017-2017-SA) y el Manual de Advertencias Publicitarias (aprobado por Decreto Supremo N°012-2018-SA) son disposiciones emitidas dentro de la habilitación legal establecida en la ley.

La Secretaria Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi, como órgano técnico especializado e independiente, ha solicitado a la procuraduría, a cargo de la Gerencia Legal, que interponga la apelación de la resolución emitida por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) emitida el pasado 25 de febrero del presente año. Dicha apelación se elevará a la Sala Especializada de Eliminación Barreras Burocráticas del Tribunal del Indecopi.
La CEB tiene por misión identificar y eliminar las barreras burocráticas que imponen las entidades del Estado. Asimismo, a través de otras comisiones de Protección al Consumidor y de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, tiene el mandato de defender de los consumidores y establecer lineamientos y políticas que propicien un sistema nacional de respeto de los consumidores.
Adicionalmente la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección al Consumidor, emitirá informes de opinión relativos al impacto que tendría la Resolución Nº072-2020-CEB/INDECOPI, en la política pública de promover la información para mejores decisiones de consumo de alimentos y bebidas envasados, así como los efectos en la salud de los ciudadanos y ciudadanas.
En la misma nota Indecopi asegura que “dada la plena vigencia de las normas, los anunciantes mantienen la obligación de cumplir con las disposiciones referidas a la denominada Ley de Alimentación Saludable, en especial, en lo referido a los octógonos”.
Además, la nota rechaza cualquier insinuación de actos de corrupción o lobbies para favorecer a empresas. “Sus áreas resolutivas resuelven en estricto cumplimiento de la ley y criterio técnico sin injerencia alguna de la administración o de terceros”, agrega.