domingo, diciembre 10, 2023
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Ley Agraria: Comisión de Economía aprobó proyecto tras 10 horas de debate

Tras diez horas de debate permanente y continuo la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso aprobó este sábado el dictamen del proyecto de ley del régimen laboral agrario (Ley agraria)  y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, que entre otros puntos establece que la remuneración básica (RB) no puede ser menor a la remuneración mínima vital (RMV) y dispone que adicionalmente el trabajador percibirá una bonificación especial por trabajo agrario (BETA) del 20% de la RMV, con carácter no remunerativo.

La iniciativa aprobada (Ley agraria  , artículo por artículo, busca: promover y fortalecer el desarrollo del sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, garantizar los derechos laborales de los trabajadores reconocidos por la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales laborales y de protección de los derechos humanos y contribuir a la competitividad y desarrollo de las actividades de estos sectores.

La fórmula legal presenta las siguientes características:

Las utilidades de los trabajadores de todas las empresas serán de un 5 % durante dos años y aumentará de manera gradual hasta llegar al 10 %.

Los contratos laborales pueden ser determinados o indeterminados. En ambos casos, el empleador debe pagar los derechos laborales contemplados en el DL 728, Ley de productividad y competitividad.

La jornada laboral ordinaria no debe exceder de ocho horas por día y de 48 horas por semana. Se puede establecer por Ley, convenio o decisión unilateral del empleador una jornada inferior a las máximas ordinarias sin afectar la remuneración diaria.

La remuneración básica (RB) no puede ser menor a la remuneración mínima vital (RMV). Adicionalmente, el trabajador percibirá una bonificación especial por trabajo agrario (BETA) del 20% de la RMV, con carácter no remunerativo.

Las gratificaciones legales equivaldrán a 16,66 % de la RB y la compensación por tiempo de servicios (CTS) equivale al 9,72 % de la remuneración básica.

Los trabajadores que se afilien a EsSalud no perderán beneficios en el Seguro Integral de Salud (SIS) y también estarán afiliados a los programas oncológicos del Estado.

Los empleadores están prohibidos de usar mecanismos como la intermediación laboral y tercerización de servicios, además los trabajadores recibirán el pago de una asignación familiar proporcional a los días trabajados cuando corresponda; y que la jornada laboral nocturna entre las 10 p. m. y 6 a. m. tiene una sobretasa de 35 % de la remuneración mínima vital (RMV).

Los trabajadores agrarios tienen el derecho preferencial de contratación:

La contratación de un trabajador agrario por pequeños plazos dentro de un periodo de un año y que superen los dos meses, da un derecho a ser contratado preferentemente cada vez que el empleador contrate trabajadores.

Si el trabajador es contratado bajo la modalidad de contratos intermitentes, de temporadas o similares por un mismo empleador dos veces consecutivas o no consecutivas, tiene preferencia a ser contratados en las siguientes temporadas.

Queda prohibido el trabajo infantil y contratar a menores de edad, además está prohibido el discriminar, los actos de hostigamiento y el acoso a las trabajadoras por estar en periodo de gestación o de lactancia.

Una disposición complementaria final establece que el Poder Ejecutivo elabora y publica el reglamento de la presente norma en un plazo de 30 días calendarios, contados a partir de su publicación.

https://youtu.be/bBR-7RKor1o

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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