jueves, abril 18, 2024
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Loreto: Crítica es la situación de comunidades afectadas por derrame de petróleo [vea informes]

La emergencia por derrame de petróleo en el distrito de Manseriche, provincia del Datem del Marañón, en Loreto, representa un peligro para la vida y la salud de los pobladores indígenas de la jurisdicción por el elevado riesgo de contaminación, de acuerdo a los informes oficiales que dieron lugar a que el Ejecutivo determinara la declaratoria en Emergencia Sanitaria de las comunidades afectadas mediante un Decreto Supremo publicado hoy domingo.  Estos son los contenidos de los informes:

Informe N° 1814-2019/DCOVI/DIGESA, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria: “El derrame de crudo de petróleo ocurrido el 18 de junio de 2019, a la altura del kilómetro 237, en la comunidad nativa Nuevo Progreso, distrito de Manseriche, provincia Datem del Marañón, representa un peligro a las comunidades nativas ubicadas en los márgenes de las quebradas Numpagkaim y Saramiriza del Distrito de Manseriche, Provincia del Datem del Marañón, Departamento de Loreto, por las condiciones de alto riesgo de consumo de agua contaminada por el citado evento; siendo 1000 el número de familias que estarían afectadas por el derrame de crudo de petróleo, a las cuales les correspondería implementar los Kits Mi Agua”.

Informe Técnico IT-CDC N° 032-2019, del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC): “La presencia abrupta del derrame de petróleo crudo en la quebrada Numpagkaim, así como el desplazamiento a la Quebrada Saramiriza y al río Marañón, constituye un elevado riesgo epidemiológico para la salud y la vida de la población indígenas aledañas al ámbito de esta quebrada que se abastece de agua para el consumo humano, así como de los peces, alimento principal de estas familias”.

Informe N° 007-2019-GMRDA-DGIESP/MINSA de  la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud: “Existe un riesgo potencial a la salud y la vida por el derrame de petróleo crudo, ubicado a km 237 + 746 en la comunidad indígena de Nuevo Progreso, que afectaría la quebrada Numpagkaim con una población indígena que se abastecen de agua para el consumo humano”.

Nota Informativa N° 301-2019-DG-DIGERD/MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud: “Existe el riesgo de daño a la salud debido a que la contaminación del agua por derrame de petróleo podría generar incremento tanto de casos con enfermedades diarreicas agudas, así como también deshidratación aguda por escasez de agua segura y afectación en la fuente de alimentación por daño a la fauna de la zona en la población más vulnerable como son los niños y adultos mayores”.

“Se identifica un riesgo no sólo de morbilidad sino también riesgo de incremento de la mortalidad toda vez que estas enfermedades podrían no resolverse de forma oportuna, generando estados de choque hipovolémico y consecuentemente riesgo de muerte dada la alta vulnerabilidad existente de tres tipos: (1) geográfica por difícil accesibilidad a la zona; (2) por brecha de recursos humanos y (3) socio-cultural por el tipo de comunidades afectadas con costumbres y formas de vida dependientes del ambiente”.

Por estas razones, el Comité Técnico conformado mediante Resolución Ministerial Nº 354-2014/MINSA y modificada por Resolución Ministerial Nº 723-2016/MINSA y Resolución Ministerial Nº 551-2019/MINSA, a través del Informe Nº 023-2019-COMITÉ TÉCNICO D.S. Nº 007-2014-SA, ha emitido opinión favorable para la declaratoria de emergencia sanitaria por el elevado riesgo de contaminación en la localidades afectadas del distrito de Manseriche, provincia del Datem del Marañón.

Hoy domingo 30 de junio, el Ejecutivo publicó un Decreto Supremo que  declara en Emergencia Sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, las comunidades nativas afectadas por el derrame de petróleo en el distrito de Manseriche y a la vez ordenó a las autoridades de las entidades intervinientes a adoptar el  Plan de Acción diseñado para estos casos y dictar medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos en que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones.

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