martes, mayo 30, 2023
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MEF: Sólo cuentas con saldos mayores a 7 UIT serán informados a la SUNAT

El Gobierno dio marcha atrás en su intento inicial de obligar a las empresas de sistema financiero a proporcionar a la SUNAT información financiera sobre operaciones pasivas de sus clientes, con montos igual o superior a diez mil soles. Ahora, según el Decreto Supremo Nº 009-2021-EF, ésta obligación sólo comprende a las cuentas que alcanzan un saldo igual o superior a siete (7) UIT, equivalente en el momento a 30 mil 800 soles.

Mensualmente bancos informarán a SUNAT sobre cuentas con saldos igual o mayor de 10 mil soles.

La norma publicada hoy en El Peruano también varía la periodicidad de la presentación de la información financiera sobre operaciones pasivas. La obligación de informar sigue siendo mensual pero la presentación de la declaración informativa ahora se hará dos veces al año (una por el primer semestre y otra por el segundo semestre).

Igualmente, la norma modificada incluye un artículo sobre. confidencialidad y seguridad de la información y establece que la  información financiera sobre operaciones pasivas de sus clientes obtenida por la SUNAT, es tratada bajo las reglas de confidencialidad y de seguridad informática exigidas por los estándares y recomendaciones internacionales referidos al intercambio automático de información financiera emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Razones de la modificación

La norma sólo se refiere de la conveniencia de modificar la norma pero sin explicar las razones: “Resulta conveniente modificar el mencionado Reglamento a fin de establecer un nuevo umbral a partir del cual las empresas del sistema financiero suministrarán la información financiera sobre operaciones pasivas, así como modificar la periodicidad de la presentación de la declaración que contiene dicha información”.

El último fin de semana, el ministro de Economía y Finanzas, Waldo Mendoza, adelantó que se harían los reajustes al  monto límite para que la Sunat acceda a la información de cuentas bancarias al considerar “razonables” las observaciones hechas por algunos sectores fundamentalmente en lo referido a la presunta violación del derecho al secreto bancario establecido en la Constitución y al peligro de alguna filtración en caso no se contara con los instrumentos de seguridad adecuados.

 

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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