El Gobierno peruano dispuso el cierre temporal de las fronteras terrestres con Colombia, Bolivia y Brasil a partir del lunes 29 de noviembre, fecha en la que comienza a regir el Decreto Supremo publicado hoy domingo y que prorroga por 31 días el Estado de Emergencia Nacional en el país por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.
En este periodo queda suspendido el transporte internacional de pasajeros por vía Terrestre entre el Perú y estos tres países fronterizos, señala la norma que precisa que “la medida no comprende el transporte de carga y mercancía”.
“Los peruanos y extranjeros residentes, agrega, podrán ingresar al territorio nacional desde estos países cumpliendo con los protocolos que la Autoridad Sanitaria Nacional, en coordinación con las autoridades competentes, apruebe”.

Exclusiones
El cierre de la frontera excluye a los tripulantes de los medios de transporte terrestre, a las misiones especiales, políticas, diplomáticas, médicas, policiales, militares y al personal enviado por otros Estados u organismos internacionales para prestar ayuda humanitaria o cooperación internacional, los que deben seguir los protocolos sanitarios respectivos.
También están excluidas las instituciones o empresas que necesiten servicios de trabajadores extranjeros, las que deben comunicar a la Autoridad Sanitaria Internacional competente, con 72 horas de anticipación, la nómina de personas que ingresarán al país, debiendo hacerse responsables del monitoreo diario de sintomatología COVID-19 de sus trabajadores visitantes.
Ingreso a peruanos y residentes desde Ecuador y Chile
Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes ingresarán a territorio nacional desde la República del Ecuador y la República de Chile cumpliendo con los protocolos que la Autoridad Sanitaria Nacional, en coordinación con las autoridades competentes, apruebe.
Los mayores de 18 años que deseen ingresar al país deben acreditar, de manera física o digital, haber completado su esquema de vacunación en el Perú y/o el extranjero.
En caso de no contar con el esquema completo, o no poder acreditarlo, se permitirá el ingreso si acredita tener una prueba molecular (PCR) negativa, cuyo resultado fuese obtenido dentro de las 72 horas antes de ingresar al Perú.
Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.”