Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de origen, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen.
La disposición que entra en vigencia el lunes 20 forma parte de las normas emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio de la COVID-19, y que está contenida en el Decreto Supremo N° 152-2021-PCM y que por su importancia es reproducida en un comunicado emitido este sábado por el Ministerio de Salud.
El comunicado igualmente precisa que desde las 00:00 horas del lunes 20 de septiembre, a las personas mayores de 18 años, procedentes de países con coberturas de vacunación superiores al 70% de su población, se les solicitará certificar su vacunación contra la COVID-19. Vea el texto completo del comunicado:

El DS al que alude el comunicado emitido este sábado por el M¡nisterio de Salud lo encuentra aqui y el texto referido es el siguiente:
8.7 Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y haber completado las respectivas dosis de vacunas según las exigencias del país donde se vacunó. Aquellas personas que muestren síntomas al ingresar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.
Suspéndase hasta el 3 de octubre de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en este lugar en los últimos catorce (14) días calendario.
Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional provenientes de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en este lugar, realizarán cuarentena obligatoria en su domicilio, hospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de catorce (14) días calendario, contados desde el arribo al territorio nacional.