¿Por qué el Gobierno decidió proponer una modificación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para que Dina Boluarte, que carece de vicepresidentes, pueda mantener el despacho de forma remota en caso de viaje al exterior”.
¿Y por qué el Ejecutivo no escogió el camino de la modificación de la ley vía una reforma del artículo 110 y el artículo 118 de la Constitución?
¿Qué respondió el presidente del Consejo de Ministros ante estas interrogantes en el seno de la Comisión de Constitución y Reglamento a donde asistió para exponer la propuesta, que a decir de la congresista Ruth Luque Ibarra (CD-JPP), desnaturaliza el texto constitucional?
¿Por qué?; Porque Tenemos en este momento una situación de «alta urgencia y responsabilidad » que obliga al Ejecutivo a presentar este proyecto de ley.
Dina Boluarte pretende gobernar vía remota mientras está fuera del Perú