¿Que pasará ahora que el presidente decidió presentar al Congreso una cuestión de confianza respecto a las políticas de Estado de fortalecimiento institucional y lucha contra la corrupción? Y, si el Parlamento decide no otorgar la cuestión de confianza solicitada ¿que haría el presidente Vizcarra?
Sencillamente, el presidente por Decreto, disuelve el Congreso y convoca a nuevas elecciones legislativas en los próximos cuatro meses. La medida, sin embargo no afecta a la Comisión Permanente que seguirá en funciones hasta en tanto asuman los nuevos parlamentarios, quienes deberán concluir el periodo legislativo el 28 de julio de 2021.
Cuestión de confianza, un mecanismo constitucional
La Cuestión de Confianza es un mecanismo constitucional por el cual el Poder Ejecutivo puede consultar al Congreso de la República, sobre el tema que estime conveniente, si aún cuenta con su confianza para seguir gobernando. El único que puede presentar una cuestión de confianza al Congreso es el presidente del Consejo de Ministros.
Presentación en el Congreso de la República
Para la presentación de la Cuestión de Confianza, el presidente de la República convoca a sesión extraordinaria del Congreso de la República. En esta sesión, el presidente del Consejo de Ministros, acompañado de su gabinete, expone las razones de la solicitud frente al pleno del Parlamento.
A continuación, el Congreso debate sobre lo planteado y finalmente vota. Para ser aprobada, la Cuestión de Confianza debe recibir el voto a favor de la mitad más 1 del número legal de congresistas (66 votos).
Según la Constitución Política del Perú, si el Congreso no aprueba la cuestión de confianza o si el presidente del Consejo de Ministros renuncia o es removido por el presidente de la República, se produce una crisis ministerial total y el gabinete en pleno renuncia.
Cierre del Congreso
Si se censura o niega el voto de confianza a dos gabinetes de un mismo gobierno, el presidente de la República puede disolver el Congreso. El decreto respectivo deberá incluir una convocatoria a nuevas elecciones congresales dentro de los 4 meses posteriores a la disolución.
La Constitución también precisa que la Comisión Permanente del Parlamento seguirá en funciones y que el Congreso no puede ser disuelto en su último año de mandato.