Hasta el 31 de diciembre continuará vigente la ordenanza que aprueba beneficios tributarios y no tributarios en el Distrito de San Miguel, según Decreto de Alcaldía publicado hoy martes 30 de noviembre.
Los beneficios tributarios y no tributarios a los que podrán acogerse los contribuyentes del distrito de San Miguel son:
- 100% Intereses y reajustes, según corresponda de las deudas por impuesto predial y arbitrios municipales, cuotas de fraccionamiento y multas tributarias que se encuentren vencidos.
- 100% Gastos y costas procesales derivado de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva correspondientes a obligaciones tributarias.
- 100% de la Multa tributaria, que correspondan imponerse por caso de omisión o subvaluación, siempre que el contribuyente regularice la presentación de su declaración jurada.
- 95% de la Multa tributaria, impuesta hasta la entrada en vigencia de la presente ordenanza por caso de omisión o subvaluación correspondiente al impuesto predial, siempre que el contribuyente regularice la presentación de su declaración jurada de autovalúo.
- 50% de la Multas Tributarias por espectáculos públicos no deportivos impuestas hasta la entrada en vigencia de la presente norma.
- 70% a todas las multas administrativas que hayan sido derivadas a la vía coactiva siempre que no supere las 2UIT.
- 65% a todas las multas administrativas que hayan sido derivadas a la vía coactiva siempre que supere las 2UIT.
Para acogerse a los beneficios establecidos es un requisito que el Impuesto predial del ejercicio 2021 se encuentre sin deuda vencida a dicha fecha.
La decisión tiene por finalidad, de acuerdo a los considerandos de la norma “otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
La Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización, a través de la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda estará a cargo del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía que lleva la firma del alcalde Juan José Guevara Bonilla.