La Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones decidió este jueves la disolución de cuatro cooperativas de ahorro y crédito, por encontrarse incursa en la causal de inactividad.
Cooperativas intervenidas:
- Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre.
- Jesús Obrero – Comas Ltda N° 092.
- Cooperativa de Ahorro y Crédito Integrar.
- Cooperativa de Ahorro y Crédito Finanzas Mypes Perú Ltda.
A la vez, la SBS y AFP designó a los funcionarios que ejercerán los cargos de administradores temporales, principal y alterno, en las cooperativas disueltas. Ellos sn:
- Alex Eduardo Condori Nina, y Víctor Luis Rios Cucho (Selva Alegre en disolución).
- Carlos Enrique Montesinos Cáceres y Anabel Nagai Huillcahuaman Cuchillo (Jesús Obrero – Comas Ltda N° 092 en disolución).
- Roberto Fiestas Jimenez y Ana Roxana Sánchez Meza (Integrar en disolución).
- Ingrid Vanessa Escobar Ramírez y Leslie Maxciel Escobar Farfán (Mypes Perú Ltda. en disolución).
De acuerdo a lo dispuesto por la SBS, a partir de la fecha, queda prohibido:
- Iniciar en su contra procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
- Constituir gravámenes sobre alguno de sus bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
- Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.7
Los administradores temporales quedaron facultados para que indistintamente, cualquiera de ellos, en representación de la SBS y AFP realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de las cooperativas.
Dichas atribuciones incluyen, pero no se limitan, a las siguientes facultades que serán ejercidas, en caso corresponda y existan medios económicos para cubrir dichas funciones:
- Tomar inmediata posesión de la totalidad de los bienes de la Cooperativa en disolución, ordenando que se les entreguen los títulos, valores, contratos, libros, archivos, así como cualquier otro documento y cuanto fuere de propiedad de esta; así como suscribir las actas que contengan la transferencia de estos bienes.
- Elaborar, desde el inicio del proceso de disolución, el estado de situación financiera, el estado de resultados y otro resultado integral correspondiente, de conformidad con las disposiciones pertinentes emitidas por esta Superintendencia.
- Disponer la realización de un inventario de todos los activos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre en disolución, incluyendo el de los correspondientes documentos de sustento.
- Disponer la valorización de todos los activos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre en disolución.
- Elaborar la relación de acreedores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre en disolución, con indicación del monto, naturaleza de las acreencias y preferencia de la que gozan, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Regímenes Especiales.
- Mantener los recursos líquidos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre en disolución en COOPAC o empresas de operaciones múltiples del sistema financiero clasificadas en las categorías “A” o “B”, según las normas vigentes sobre la materia.
- Recibir de los socios las amortizaciones y/o cancelaciones de los créditos otorgados y servicios prestados, según corresponda.
- Continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperación de los créditos otorgados por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alto Selva Alegre en disolución, así como para el cobro de los reaseguros y coaseguros, en caso corresponda