lunes, marzo 17, 2025
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SIS también para peruanos en el exterior ¿Cómo funcionará este sistema que beneficia a los connacionales en el país?

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SIS: La ley estará habilitada dentro de 30 días calendario

SIS. Noticia sumamente importante para los connacionales que retornen al país y aquellos residentes en el exterior que se encuentren de visita en el país. Tienen derecho a recibir atención en el Seguro Integral de Salud pero con la condición de que no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente o con cobertura en el territorio nacional.

Este jueves 09, el Congreso de la República promulgó la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, para incorporar al Seguro Integral de Salud (SIS) a los peruanos residentes en el exterior luego de aprobar el texto de la Ley por insistencia en la sesión del 14 de diciembre de 2023. La ley estará habilitada dentro de 30 días calendario. Vea la nota redactada por agendapaís el día de la aprobación:

“Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día catorce de diciembre de dos mil veintitrés, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla”, dice el texto de la norma firmada por titular del Legislativo Alejandro Soto Reyes y que aparece publicada en el diario oficial.

Artículo único. Modificación del artículo 3 de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. Vea el texto de la ley promulgada este martes:.

SIS. Tienen derecho a recibir atención en el Seguro Integral de Salud pero con la condición de que no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente o con cobertura en el territorio nacional. (Foto: SIS)
SIS. Tienen derecho a recibir atención en el Seguro Integral de Salud pero con la condición de que no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente o con cobertura en el territorio nacional. (Foto: SIS)

 

La nueva fórmula legal, que modifica el artículo 3 de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, reza:

“Artículo 3. Del aseguramiento universal en salud.

El aseguramiento universal en salud física y mental es un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional, así como los peruanos residentes en el exterior cuando se encuentren en territorio nacional y no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente o con cobertura en el territorio nacional, dispongan de un seguro de salud”

Este mecanismo “les permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) y de los planes complementarios”.

“El aseguramiento universal en salud incluye el derecho de cobertura de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación relacionadas a la atención en salud mental”.

Disposición complementaria

“El Poder Ejecutivo, dentro del plazo de treinta días calendario, contados desde la entrada en vigor de la presente ley, adecuará el Reglamento de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por el Decreto Supremo 008-2010-SA, a la modificación dispuesta por esta ley”.

Reacciones

El 21 de diciembre de 2023, una semana después de su aprobación en el Pleno, la Cancillería peruana distribuyó una nota informativa sobre sus alcances y beneficios, cuyo texto reproducimos:

1.- Es muy grato comunicar a nuestros connacionales residentes en el exterior, que el Pleno de Congreso aprobó por mayoría incorporar al Seguro Integral de Salud (SIS) a los peruanos residentes en el exterior). Esta Ley modifica la “Ley 29344, Ley marco de aseguramiento universal en salud”.

2.- Con la próxima promulgación de esta Ley, que contó con la opinión técnica favorable del Ministerio de Relaciones Exteriores, los peruanos residentes en el exterior cuando se encuentren en territorio nacional y no cuenten con ningún otro tipo de seguro vigente o con cobertura en el territorio nacional, podrán disponer de un seguro de salud que les permita acceder a un conjunto de prestaciones de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, es decir, esta Ley va en consonancia con la legislación en materia de salud nacional e internacional puesto que busca la cobertura del seguro de salud para todos los peruanos en igualdad de condiciones, quienes podrán afiliarse a uno de los cinco planes de seguro que cuenta el SIS: SIS gratuito, SIS para Todos, SIS independiente, SIS Microempresas y SIS Emprendedor.

3.- La cobertura varía según el plan de seguro SIS. Cubre medicamentos, procedimientos, operaciones, insumos, bonos de sepelio, traslados de emergencia y más de doce mil diagnósticos, incluidos varios tipos de cáncer.

4.- La aprobación y próxima promulgación de esta Ley se considera muy beneficiosa para los connacionales residentes en el exterior, quienes harían uso del Seguro Integral de Salud, cuando se encuentren en el territorio nacional, en igualdad de condiciones que los peruanos residentes. Asimismo, está en consonancia con la Política Nacional Migratoria, que fomenta el ejercicio pleno de derechos de los peruanos migrantes, así como con sus principios, considerando el derecho a la salud como un derecho fundamental de la persona, eliminando toda brecha de discriminación de las personas migrantes, promoviendo de esta forma su inclusión social y potenciando la capacidad de acción efectiva de la población, especialmente de los grupos más vulnerables.

La ley estará habilitada PARA LOS PERUANOS EN EL EXTERIOR dentro de 30 días calendarios (Foto).
La ley estará habilitada PARA LOS PERUANOS EN EL EXTERIOR dentro de 30 días calendarios (Foto).

Opiniones previas a la aprobación:

En el mismo Congreso hubo voces en posotivo antes de su aprobación.

El dictamen por el cual se incorpora a los peruanos residentes en el exterior en el Seguro Integral de Salud (SIS), fue aprobado, por unanimidad (16 votos), por la Comisión de Salud y Población, que preside Nelcy Heidinger Ballesteros (APP).

La iniciativa legislativa se sustenta en el Proyecto de Ley 4091/2022, cuyo autor es el congresista Jorge Zeballos Aponte (RP), y para lograr dicho fin se modifica el artículo 3 de la Ley 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.

El mencionado artículo plantea el aseguramiento universal en salud, como un proceso orientado a lograr que toda la población residente en el territorio nacional; por ello, gracias a este dictamen, los “peruanos residentes en el exterior, cuando estén en territorio nacional”, tendrán acceso al seguro universal de salud.

En la exposición de motivos se da cuenta del aporte económico que los peruanos en el exterior brindan a la economía nacional, a través de la remisión de divisas que contribuyen al desarrollo del país, y que justifican su inclusión en el Seguro Integral de Salud.

Además, la propuesta forma parte de las Políticas del Acuerdo Nacional; concretamente, en la Vigésima Tercera Política de Estado: «Acceso Universal a los Servicios de Salud y a la Seguridad Social», la misma que establece el compromiso de asegurar las condiciones para un acceso universal a la salud en forma gratuita, continua, oportuna y de calidad”.

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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