martes, octubre 3, 2023
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Sólo en tres ejes viales regirá desde este lunes restricción al tránsito de vehículos

La restricción al tránsito vehicular que pondrá en marcha la Municipalidad de Lima será aplicada en dos etapas. La primera etapa empezará este lunes 22 de julio de 2019 en tres ejes viales: Panamericana Sur (desde intercambio Alipio Ponce)–Av. Evitamiento–Panamericana Norte (hasta el Óvalo Naranjal), Av. Arequipa–Av. Garcilaso de la Vega–Av. Tacna (hasta jirón Conde de Superunda) y Av. Javier Prado (desde Óvalo Huarochirí) – Av. Sánchez Carrión-Av. La Marina (hasta Av. Elmer Faucett).

La segunda etapa se aplicará desde el lunes 05 de agosto de 2019 en dos ejes viales Av. Canadá (desde Av. Circunvalación hasta Paseo de la República) y Vía Expresa Paseo de la República, de acuerdo a la precisión contemplada en la Ordenanza N° 2164 que establece restricciones al tránsito vehicular en vías del área metropolitana publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

La norma establece los criterios y condiciones para el acceso restringido a cinco vías metropolitanas exclusivamente de los vehículos particulares de Categoría M1 y N1 (carrocería Pick up) en base al criterio de “Placas Par-Impar”, de lunes a jueves, en la franja horaria de 6:00 a 10:00 y de 17:00 a 21:00 horas. Los días lunes y miércoles restricción para los vehículos que tienen el último dígito de la placa par (incluido el cero) y los días martes y jueves restricción para los vehículos que tienen el último digito de la placa  impar,

Precisiones

La restricción no serán aplicables los días feriados y no laborables.

La restricción no incluye vías auxiliares de la Panamericana Sur, Av. Evitamiento, Panamericana Norte, Av. Javier Prado, Av. La Marina, Vía Expresa Paseo de la República.

Los vehículos cuya circulación se encuentra restringida con propietarios que domicilien en los ejes viales, tendrán facilidades de ingreso y salida al domicilio del propietario en un rango de tres (3) cuadras.

El domicilio del propietario del vehículo se acreditará con el Documento Nacional de Identidad, carné de extranjería o licencia de conducir correspondiente.

La restricción excluye, entre otros a los buses de transporte público regular, taxi, vehículos de personal, de escolares, transporte turístico y de carga, carrozas fúnebres, grúas, vehículos oficiales de auxilio.

Las dos primeras semanas de vigencia de la norma (entre el 22 de julio de 2019  y el 04 de agosto) formarán parte de un periodo educativo. Las multas por infracción a esta disposición municipal comenzará a aplicarse a partir del lunes 05 de agosto.

Vea el texto completo de la Ordenanza:

1790630-1

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