viernes, marzo 29, 2024
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TC anula sanción impuesta a dos policías que se tomaron fotos desnudas y con chaleco PNP

El Tribunal Constitucional (TC), declaró fundada la demanda de amparo (Exp N° 01341-2014-PA/TC), interpuesta por dos policías mujeres, quienes solicitaban que se declare nula la investigación administrativa disciplinaria que se les seguía en su contra. Para el órgano constitucional “se vulneró el derecho a la intimidad y al debido proceso”.

El proceso disciplinario se inició porque ambas (Deyci Yaneth Díaz Cieza y Mayra Gisela López Minaya,)  se tomaron fotos en ropa interior y con el chaleco de la Policía de Tránsito en Tarapoto, San Martín. Luego dichas fotos fueron subidas al Facebook por un tercero sin la autorización de las suboficiales, las cuales se viralizaron no sólo en las redes sociales sino en diverso medios de comunicación.

Al tomar conocimiento de estos hechos, la Policía Nacional inició un procedimiento administrativo disciplinario para disponer su pase a la situación de retiro por presuntamente “realizar actos indecorosos vistiendo el uniforme policial”.

El Colegiado del Tribunal Constitucional señaló que los actos realizados por las policías “no representan, en principio, algún tipo de falta o delito” y que, si bien deben observar conducta intachable en el desempeño de sus funciones, “ello no enerva la posibilidad de que estructuren su vida personal y social conforme a sus propios valores”.

Además precisa, que “los actos de la vida privada de cada quien no pueden ser sancionables, salvo que se acredite fehacientemente que esas conductas, vinculadas en principio a la intimidad de cada cual, tenga directa incidencia en el ejercicio de la función desempeñada y que las mismas hayan sido previamente tipificadas como un supuesto pasible de sanción”.

Finalmente el Tribunal Constitucional, estableció algunos criterios a tomar en cuenta, cuando el ente administrativo se encuentre frente a un concepto jurídico indeterminado para la eventual imposición de sanciones a nivel disciplinario. Por ejemplo, debe observarse si se respetaron los elementos reglados de esa actuación, si se hizo una adecuada evaluación de los hechos sucedidos, si se cumplió con seguir ciertos principios generales del Derecho, como la proporcionalidad, buena fe y confianza legítima, igualdad, interdicción de la arbitrariedad y evaluar si se respetaron los diversos derechos fundamentales.

Vea la resolución del TC:

TC, Resolucion casos policias

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