Camioneros. Representantes de las empresas de transporte pesado y de trabajadores judiciales bajo el sistema CAS anunciaron paros de labores para las próximas semanas, en todo el territorio peruano.
Camioneros
La Confederación de Gremios de Carga, agrupación que reúne a más de 24.000 transportistas a nivel nacional, informó que iniciará una huelga indefinida el 11 de septiembre. Esta medida de fuerza incluye la posibilidad de bloquear los principales pasos fronterizos desde y hacia Bolivia y Perú.
Juan Carlos Lagos, dirigente de la agrupación sostuvo que el Gremio pide al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) la modificación del Decreto Supremo n° 021-2022 sobre el curso de actualización presencial en escuelas de conductores privadas por capacitaciones gratuitas, obligatorias y de manera virtual a través de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas (Sutran).
Asimismo, el cumplimiento del pronunciamiento de la Comunidad Andina y el no ingreso del transporte extranjero al país. “Hay camiones de Bolivia y Ecuador que pasan con sobrecarga de combustible (diésel) y de mala calidad, que incluso es vendido como contrabando”, señaló Lagos.

También el gremio de transportistas exige al Congreso la aprobación de una norma específica sobre reserva de carga con obligación a contratar a empresas locales, una tabla de costos eficiente para eliminar la competencia desleal y por último que la flota de transportes de los operadores portuarios del Puerto del Callao (Lima) DP World y APM no funcione en cumplimiento de la ley.
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La Confederación de Gremios de Carga del Perú remarcó que el paro nacional tendrá como punto de partida en Puno, en la zona fronteriza de Desaguadero, lugar de ingreso de vehículos de Bolivia. Otra región es Tumbes, debido a que limita con la localidad de Huaquillas, en Ecuador. “No descartamos el cierre de los puntos fronterizos”, advirtió Jesús Martínez, también dirigente transportista.
Trabajadores judiciales
El presidente de la Federación de sindicatos del Poder Judicial que trabajan bajo un régimen con merma salarial de derechos laborales, Juber Castillo, anunció que la organización, que agrupa iniciará un paro de 48 horas.
La medida demanda a las autoridades del Poder Judicial que dialogue con la federación sus pedidos de mejores salarios y condiciones de trabajo y señaló que los trabajadores judiciales laboran más de ocho horas diarias y entre ellos hay quienes ganan menos que el salario mínimo oficial.
Según Castillo, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, evita tratar con la federación, por lo cual el siguiente paso será una huelga por tiempo indefinido.
El Poder Judicial emitió un comunicado en el que afirma que reconoce que los trabajadores con contratos temporales y derechos recortados reciben bajos salarios y aseguró que gestiona una solución, en referencia al proyecto de ley 5233/2022-PJ presentado en el Congreso-
Este proyecto propone “dictar una medida única y extraordinaria, para el otorgamiento de una bonificación económica a favor del personal del Poder Judicial con menores ingresos, como mecanismo compensatorio que ayude también a su inserción adecuada en la reactivación económica del país”.
La fórmula legal señala: “Autorizase al Poder Judicial, a otorgar de manera excepcional y por única vez, una bonificación ascendente a la suma de UN MIL Y 00/100 SOLES (S/ 1 000,00) a favor del personal sujeto al régimen especial de Contratación Administrativa de Servicio (CAS), Decreto Legislativo N’ 1057, cuyos ingresos mensuales brutos sin incluir el Decreto Supremo N’ 311-2022-EF, sean menores a MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 1 950,00).
La bonificación excepcional no tiene naturaleza remunerativa ni carácter pensionable y no se encuentra sujeta a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificación, asignaciones o entregas. Se encuentra afecto al impuesto a la renta”.

Camioneros y judiciles acataran paro (Foto: Faceboojk).
Camioneros y judiciales: exposición de motivos
La remuneración no solamente es un elemento esencial del contrato de trabajo, sino que constituye un derecho fundamental, pues el artículo 24 de la Constitución contiene una fórmula de contenido general y de preceptividad o programática, al señalar que el trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure para él y su familia bienestar material y espiritual.
El mandato constitucional referido, cuando indica que el pago de las remuneraciones y beneficios sociales tienen prioridad sobre cualquier otra obligación del empleador, tiene el carácter tuitivo de la legislación laboral; de tal manera que permite autorizar al Estado como empleador, otorgar una bonificación excepcional y única a favor de trabajadores del Poder Judicial con menores ingresos que ayude también a su inserción adecuada en la reactivación económica del país, con cargo a su presupuesto institucional del año fiscal 2023.
Dentro de este marco y como consecuencia del artículo 145 de la Constitución Política que norma sobre el Presupuesto del Poder Judicial, se ha dado la Ley N° 28821, Ley de coordinación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo para la programación y formulación del presupuesto institucional del Poder Judicial, con el objeto de establecer los mecanismos especiales de coordinación entre ambos poderes del Estado, para la elaboración del Presupuesto Institucional del Poder Judicial.
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Teniendo en consideración la situación que vienen atravesando los servidores del Poder Judicial que perciben menos ingresos y el análisis a la ejecución presupuestal respecto a la partida de Contratación Administrativa de Servicios, se puede considerar como una alternativa, la mejora de los ingresos de estos trabajadores, gestionando el otorgamiento de una bonificación extraordinaria por única vez de S/ 1,000.00 para aquellos trabajadores que perciben ingresos mensuales menores a SI 1,950.00.