JNJ: Poder Judicial suspende imputaciones contra miembros de la Junta
JNJ. La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima concedió en parte la medida cautelar presentada por los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y dispuso suspender provisionalmente todas las imputaciones de cargos que realiza en su contra la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República.
Esta medida judicial se produce a 24 horas de que el Pleno del Congreso ponga a debate y someta a votación el informe de la Comisión de Justicia que busca la destitución de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por presunta causa grave.

En el marco de esta discusión, se tiene en agenda la participación de Imelda Julia Tumialan Pinto, Aldo Alejandro Vásquez Riosa, Henry José Avila Herrera, Luz Inés Tello de Ñecco, Antonio Humberto de la Haza Barrantes, María Amabilia Zavala Valladares y Guillermo Santiago Thornberry Villarán en el Pleno a fin de ejercer su derecho a la defensa.
JNJ y los argumentos de la Sala
La decisión está contenida en la Resolución N°2, suscrita por los jueces superiores Néstor Paredes Flores, José Velarde Acosta e Iván Cabrera Giurisich, la misma que ha sido cursada y notificada al Parlamento Nacional.
“Aun cuando se pudiera asumir la posición que existen algunos actos emitidos por el Congreso que no pueden ser judicializados (…) debe quedar claro que esto no excluye los casos cuando un Parlamento (es decir un acto político, como puede ser dentro de las comisiones investigadoras u otras), interviene de manera directa los derechos fundamentales de las personas a las que someten”, señala la resolución.
De esta manera, la Sala concede en parte la medida cautelar y suspende provisionalmente “todos los efectos de la imputación de cargos” que la Comisión de Justicia y Derechos Humano<s del Congreso formuló a los integrantes de la junta, como parte de la investigación sumaria.

La decisión “tendrá vigencia hasta que se resuelva el proceso principal y sin prejuicio de las investigaciones o procedimientos parlamentarios que sobre aquellos recaen en la actualidad o puedan recaer en el futuro”.
JNJ y la opinión adelantada de Alejandro Soto
El presidente del Congreso, Alejandro Soto, una vez conocida la decisión, emitió un pronunciamiento en la que rechaza la rechaza la decisión. “El equilibrio de poderes y la rendición de cuentas son pilares fundamentales para la democracia”, argumentó.
«El Congreso rechaza esta decisión y responsabiliza a la referida sala de todos los actos que puedan suscitarse durante las investigaciones que sobre aquellos realicen en la actualidad o puedan recaer en el futuro», precisó Alejandro Soto.
«Más aún, agregó. si el Tribunal Constitucional ha emitido la sentencia recaída en el expediente 00003-2002-PCC/TC, que establece la prohibición de interferir en las facultades exclusivas y excluyentes del Congreso de la República, como es el caso».
Horas antes, la ONG dedicada a la investigación, defensa y promoción de los derechos humanos, Human Rights Watch (HRW) insistió que el Congreso debería rechazar el intento de remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y defender la independencia judicial, el Estado de derecho y la protección de los derechos humanos.
«Una junta dominada por intereses políticos pondría en peligro el derecho al debido proceso, incluyendo el derecho de acceder a un tribunal de justicia imparcial e independiente, y el derecho al voto», señaló la HRW.
“Remover a sus miembros por medio de un proceso motivado por intereses políticos amenazaría los pilares del sistema democrático peruano y la protección de los derechos humanos. El Congreso debería votar en contra de remover a los miembros de la junta”, señaló la entidad.
JNJ. antecedentes del caso
El pasado 18 de octubre, el informe final de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, redactado por su secretaría técnica, concluyó que los miembros de la junta no habían incurrido en causa grave alguna que mereciera su remoción.
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Ese mismo día, la comisión desechó el informe y aprobó uno nuevo “con cargo a redacción”, es decir, que ni siquiera había sido redactado al momento de su aprobación, concluyendo que los miembros de la junta habían incurrido en tres causas graves.