El Tribunal Constitucional, con cuatro votos a favor (uno de ellos dirimente) y tres en contra declaró fundado el habeas corpus interpuesto a su favor y ordenó su inmediata libertad del penal de Barbadillo, donde purga condena por delitos por diversos crímenes, entre ellos los de violación de derechos humanos, corrupción, peculado y usurpación de funciones.
La votación del habeas corpus quedó en empate (3 a 3) y luego en una segunda votación, con el voto dirimente del presidente del TC, Augusto Ferrero, el resultado se inclinó a favor de declarar fundada la demanda (4 a 3).
Esta sentencia del TC deja sin efecto la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la República que anuló el indulto que, la Navidad de 2017, le otorgó el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski, lo que significa, recalcó el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña, la restitución plena del indulto que beneficia al expresidente.
Eloy Espinosa-Saldaña votó a favor de declarar infundado el habeas corpus al igual que los magistrados Marianella Ledesma y Manuel Miranda.
A favor de declarar fundado al recurso votaron Blume Fortini, José Luis Sardón y Augusto Ferrero, este último, en su condición de presidente del órgano constitucional, votó dirimente.
“Somos tres contra tres y en empate el presidente manda y es la decisión de la presidencia la que decide la liberación de Alberto Fujimori”, expresó Espinoza-Saldaña.
Esta tarde, el Tribunal Constitucional, a través de una nota informativa, hizo pública su decisión:
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARÓ FUNDADA LA DEMANDA DE HABEAS CORPUS EN EL CASO ALBERTO FUJIMORI
El Tribunal Constitucional comunica que, en la sesión del Pleno celebrada en la fecha, se votó el expediente 02010-2020-PHC/TC, proceso de habeas corpus promovido en favor de Alberto Fujimori Fujimori contra el presidente del Poder Judicial y otros.
La votación fue la siguiente:
El magistrado Blume Fortini (ponente) votó por declarar fundada la demanda.
La magistrada Ledesma Narváez emitió voto singular por declarar improcedente la demanda.
El magistrado Miranda Canales emitió voto singular por declarar improcedente la demanda.
El magistrado Sardón de Taboada votó por declarar fundada la demanda.
El magistrado Espinosa-Saldaña emitió voto singular por declarar improcedente la demanda.
El magistrado Ferrero Costa votó por declarar fundada la demanda.
Estando a la votación descrita y de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 10-A del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, que establece el voto decisorio del presidente del Tribunal Constitucional en las causas en que se produzca empate en la votación, la sentencia que declara fundada la demanda quedó conformada por los votos de los magistrados Ferrero Costa, Sardón de Taboada y Blume Fortini.
La referida sentencia, entre otros, declara fundada la demanda, restituye los efectos de la Resolución Suprema 281-2017-JUS, del 24 de diciembre de 2017, que concedió el indulto humanitario al demandante, y dispone su libertad.
Los votos indicados se publicarán en el portal web institucional y se notificarán en su oportunidad.