La presidente del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez pidió al Congreso “mirar otras propuestas” ad portas de ponerse en debate en el Pleno el dictamen que recomienda la insistencia de la autógrafa de ley, observada por el Poder Ejecutivo, que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú.
“Esperamos que lo aprobado en la Comisión de Constitución espere un poco hasta mirar mejores propuestas. En ese sentido, nos parece importante que atendiendo esta preocupación de mejores mecanismos se miren mejores alternativas antes de proceder a una aprobación que nos pueda llevar a una situación de inconstitucionalidad”, expresó la jefa del Gabinete.
Contó que en el Consejo de Ministros se evaluaron algunas posibilidades para «hacer mejores propuestas» y atender la preocupación que tiene el Congreso de la República.
En tal sentido, subrayó que se recogió una iniciativa muy interesante que viene del Acuerdo Nacional, de hace varios años, que hablaba de cómo regular a la vez la cuestión de confianza y la vacancia presidencial, propuesta que a su criterio “es muy sensata”.
Agregó que más allá de quién se encuentre en el Gobierno y en el Congreso, es necesario ver la gobernabilidad del país para los próximos años, por lo que esta propuesta puede analizarse en la próxima ronda de conversación con el Parlamento.
Precisamente, Mirtha Vásquez, informó que este viernes se reunirá con la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, en el marco de la ronda de diálogo con las fuerzas políticas.
El sábado último, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó con once votos a favor, uno en contra y una abstención, aprobó el dictamen que en su único artículo señala “que la facultad que tiene un ministro y la del presidente del Consejo de Ministros a nombre del consejo, de plantear una cuestión de confianza conforme al último párrafo del artículo 132 y al artículo 133 de la Constitución Política del Perú, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de Gobierno, no encontrándose, entre ellos, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos».