A través de un Decreto Supremo, El Gobierno, ante el caos que origina el paro de un sector de transportistas, declaró este jueves por un período de 30 días el Estado de Emergencia en la Red Vial Nacional, formado por las carreteras de interés nacional al tiempo de ratificar a la Policía Nacional del Perú el mantenimiento del control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Durante el Estado de Emergencia que rige desde hoy en esta parte del territorio nacional quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Razones de la decisión
La decisión del Ejecutivo está fundamentada en un pedido de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, que en el Oficio N° 189-2022-CG PNP/SEC (Reservado) recomienda que se declare el Estado de Emergencia por treinta (30) días calendario, en la Red Vial Nacional, con el objeto de restablecer y preservar el orden interno, así como preservar los derechos constitucionales de la población.
El oficio al mismo tiempo está sustentado en el Informe N° 55-2022-COMASGEN-CO PNP/OFIPOI (Reservado), a través del cual se describe la problemática originada a consecuencia del Paro Nacional de Transportistas;
De la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas
La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional
El Decreto Legislativo N° 1186 precisa el uso de la fuerza en el ejercicio de la función policial, los niveles del uso de la fuerza y las circunstancias y reglas de conducta en el uso de la fuerza, en tanto el Decreto Legislativo N° 1095, establece el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional en situaciones de violencia, en zonas declaradas en Estado de Emergencia con el control del orden interno a cargo de la Policía Nacional del Perú.
Ámbito de aplicación de la medida
Comprende la Red Vial Nacional (carreteras de interés nacional conformada por los principales ejes longitudinales y transversales, que constituyen la base del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC). El Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) se jerarquiza en tres redes viales: Red Vialç Nacional, Red Vialç Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural
Vea el Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en la Red Vial Nacional