Estado de Emergencia: Extienden por otros 60 días en Lima y Callao la medida excepcional

La medida obedece a que persiste en la jurisdicción la perturbación del orden interno

Por Elí del Aguila Tuanama (Redactor) | 25 Oct 2026
Estado de Emergencia: Extienden por otros 60 días en Lima y Callao la medida excepcional
La medida obedece a que persiste en la jurisdicción la perturbación del orden interno (Foto: Mininter)

Estado de Emergencia. El Ejecutivo extendió por 60 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, una medida que entrará en vigencia a partir del próximo miércoles 28 de octubre de 2026.

La decisión, formalizada a través del Decreto Supremo Nº 142-2026-PCM publicada este domingo 25, responde a los informes técnicos presentados por la Policía Nacional del Perú (PNP), los cuales advierten sobre la continuidad de la perturbación del orden interno y el impacto del accionar delictivo vinculado a delitos como el homicidio, el sicariato y la extorsión en ambas jurisdicciones.

Lineamientos operativos y participación de las Fuerzas Armadas

De acuerdo con la norma refrendada por la Presidencia de la República y los sectores competentes, la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, contando con el apoyo operativo de las Fuerzas Armadas.

El despliegue de las fuerzas del orden se basará en criterios técnicos derivados de labores de inteligencia, indicadores estadísticos y mapas del delito. Asimismo, el decreto ratifica la vigencia y actualización de los mecanismos de coordinación interinstitucional, tales como el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) y el Comando Unificado PNP-FFAA contra el Crimen Organizado, orientados a optimizar las acciones conjuntas y la recuperación del control territorial.



Suspensión de derechos constitucionales y regulaciones

Durante el periodo que dure la prórroga, se mantienen vigentes las medidas de restricción y suspensión de derechos constitucionales consagrados en la carta magna, específicamente en lo relativo a:

  • La inviolabilidad del domicilio.
  • La libertad de tránsito en el territorio nacional.
  • La libertad de reunión.
  • La libertad y seguridad personales.

En paralelo, la disposición precisa que la realización de actividades masivas de carácter religioso, cultural o deportivo requerirá la autorización previa de las autoridades competentes conforme al marco de seguridad en edificaciones, mientras que los eventos de menor escala podrán desarrollarse con normalidad.

En la parte final del dispositivo legal, la norma establece que, en un plazo de cinco días hábiles posteriores al término de esta prórroga, el Comando de Coordinación Operativa Unificada deberá elevar un informe detallado al Ministerio del Interior y a la Presidencia de la República sobre los resultados y las evaluaciones obtenidas durante este periodo.

Conformación de comandos de coordinación y reserva de información

Como parte de la estrategia integral, el decreto dispone la conformación obligatoria e indelegable —dentro de las 24 horas de su entrada en vigencia— de diversas instancias operativas y de seguimiento:

  • Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) y Comando Unificado PNP - FFAA contra el Crimen Organizado.
  • Comités especializados: Comité de Coordinación Distrital (CCD), Comité de Inteligencia (CI), Comité de Fiscalización (CF) y Comité de Comunicación Estratégica (CCE).

Cada uno de estos espacios establecerá un centro de coordinación permanente (24/7) con recursos humanos y tecnológicos dedicados. Asimismo, en amparo de la Ley Nº 27806 (Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública), la norma clasifica como información de carácter reservado todo acuerdo o dato referido a patrullajes y operativos, con el fin de resguardar la efectividad de las acciones de seguridad nacional.



Funciones y articulación del Comando Unificado PNP - FFAA

El Comando Unificado PNP - FFAA contra el Crimen Organizado operará como una fuerza de tareas integradas de carácter temporal, funcional y focalizado. Su conducción operativa recae en la Policía Nacional del Perú, con el soporte estratégico de las Fuerzas Armadas, orientándose a los siguientes objetivos:

  • Garantizar, mantener y restablecer el control del orden interno y recuperar el control territorial.
  • Prevenir, investigar y combatir la criminalidad organizada mediante operaciones combinadas.
  • Articular de manera conjunta las capacidades tácticas, logísticas y de inteligencia de ambas instituciones.

En cuanto a los lineamientos de trabajo, el sector Interior mantendrá la dirección estratégica y rectoría en coordinación con Defensa. La PNP ejercerá la titularidad en la ejecución de operativos e investigación criminal asegurando el debido proceso, mientras que las Fuerzas Armadas proveerán inteligencia, soporte táctico y logístico, tecnología de vigilancia y el despliegue territorial de fuerzas especiales (Ejército, Marina y Fuerza Aérea).

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