domingo, septiembre 8, 2024
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Gobierno aplaza hasta el 1 de enero de 2023 la exigencia de uso y comercialización de  Gasolinas regular y Premium

El Gobierno del presidente Pedro Castillo decidió aplazar hasta el 1 de enero del 2023 la exigencia de uso y comercialización de las Gasolinas y Gasoholes regular y Premium para uso automotor. Inicialmente esta obligación había sido fijada para el 1 de julio próximo.

La razón de la decisión: “Desde finales de 2021 se presenta un escenario extraordinario de incremento de precios de los combustibles, el cual se ha acrecentado en los primeros meses del presente año y que puede afectar el cumplimiento de los objetivos gubernamentales de generar eficiencia y competitividad”

“Este contexto puede impactar en la economía de los consumidores actuales de los combustibles; circunstancia que se agravaría ante la migración hacia el uso y comercialización de las gasolinas y gasoholes Regular y Premium”.

“En ese sentido, y de conformidad con la normativa citada, resulta pertinente modificar el Decreto Supremo N° 014-2021-EM a efectos de aplazar la exigencia de uso y comercialización de las Gasolinas y Gasoholes regular y premium, considerando su implicancia en el desarrollo adecuado del mercado de los combustibles a nivel nacional.

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Foto: Osinergmin

Otras medidas

La exigencia del uso y la comercialización de combustibles líquidos con bajo contenido de azufre, no mayor de 50 ppm,  se dará de acuerdo al siguiente cronograma:

Diesel B5 con un contenido de azufre no mayor de 50 ppm, a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Loreto y Ucayali (01 de julio de 2021).

Gasolinas y Gasoholes con un contenido de azufre no mayor de 50 ppm, a  nivel nacional con excepción en los departamentos de Loreto y Ucayali (01 de enero de 2023)

Las máquinas dispensadoras de Gasolina o Gasohol en los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles están identificadas con el color correspondiente y la letra G en mayúsculas, seguida del tipo de gasolina o gasohol correspondiente.”

A partir de las fechas mencionadas solo se comercializa y usa los combustibles con las características de contenido de azufre indicadas.

Para efectos de la aplicación del presente Decreto Supremo, se entiende como Gasolinas y Gasoholes de bajo octanaje a las Gasolinas y Gasoholes cuyo octanaje sea menor a 95 octanos.”

La norma aprobada este miércoles en la Sesión extraordinaria del Consejo de Ministros lleva la firma del presidente de la República y el refrendo del ministro de Energía y Minas, el ministro del Ambiente, el ministro de Transportes y Comunicaciones y por el  ministro de Economía y Finanzas.

Gobierno aplaza hasta el 1 de enero la exigencia de uso y comercialización de Gasolinas regular y Premium (Foto: Repsol)..
Gobierno aplaza hasta el 1 de enero la exigencia de uso y comercialización de Gasolinas regular y Premium (Foto: Repsol)..

Vea el Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 014-2021-EM que dispone la comercialización de gasolinas y gasoholes regular y premium

 

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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