Pedro Castillo: jueces dan lectura en esta mañana resolución que sentenciaría al expresidente
Pedro Castillo. El mensaje a la nación leído por el expresidente el 7 de diciembre de 2022 es una “manifestación expresa de que el acusado Castillo Terrones se arrogó el ejercicio del poder, configurándose el supuesto de rebelión proscrito en el artículo 45 de la Constitución Política del Estado”.
“Es así que el acusado Castillo Terrones materializó el alzamiento armado a través del mensaje a la nación, ya que el anuncio de sus decisiones conllevó de manera implícita a la disposición de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, para suprimir el régimen constitucional, con lo que se consumó el atentado contra los poderes del Estado y el orden constitucional”.
Dicho textos forma parte de los considerandos de la resolución judicial que en estos momentos proceden a dar lectura los jueces que integran la Sala Penal Especial de la Corte Suprema que preside el juez provisional José Neyra Flores e integran también los jueces provisionales, Norma Beatriz Carbajal Chávez e Iván Salomón Guerrero López.
A las 11.41 horas del 7 de diciembre del 2022, Castillo Terrones dio inicio a la lectura de un mensaje a la nación en el que anuncio que tomaba la decisión de establecer un gobierno de excepción e instaurar un gobierno de emergencia excepcional”.
“Disolver temporalmente el Congreso de la República de manera inconstitucional, sin que se hayan configurado los presupuestos establecidos en el artículo 134 de la Constitución Política del Estado […] Es una manifestación expresa que el acusado Castillo Terrones se arrogó el ejercicio del poder, configurándose el supuesto de rebelión proscrito en el artículo 45 de la Constitución Política del Estado2.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 45 de la Constitución Política del Estado, el poder emana del pueblo y prescribe que ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión.
“En ese sentido, señala la resolución, el acusado Castillo Terrones al arrogarse dicho poder a través de las decisiones que anunció durante el mensaje a la nación del 07/12/2022, incurrió en la causal proscrita por nuestra causa, nuestra Carta Magna, configurándose el delito de rebelión”.
Señala además que “se acreditó que la lectura del mensaje a la nación inició alrededor de las 11.40 de la mañana. Este mensaje incluyó frases similares o semejantes a las expresadas por el acusado Torres Vázquez, tanto en la prensa como en sus anotaciones y proyectos de documentos a publicarse, que fueron incautados al interior de su domicilio, lo que constituye indicio de coparticipación, así como un indicador semiótico connotativo que constituye un indicio de tono respecto de la redacción del mensaje a la nación”.
“Teniendo en consideración que el archivo mensaje doc fue creado durante la reunión que sostuvieron el 6 de diciembre del 2022 los acusados Castillo Terrones Chávez Chino y Torres Vázquez donde se trazó la línea o proyecto común separado del apoyo que pudiere haberle brindado otros asesores o los propios ministros de estado. En consecuencia ante estos indicios cualificados cuya relevancia estriba en su capacidad de interrelación concordancia y convergencia en base a las reglas de la lógica se infiere este archivo mensaje doc fue el mensaje a la nacióque el acusado Castillo Terrones dio lectura”.



