Carlos Silva Carbajal, de 52 años, quien llegó al país procedente de Santiago de Chile, quedó hoy bajo investigación fiscal tras ser intervenido por agentes del Departamento de Investigación de Delitos Aduaneros del Terminal Aéreo (DIRPOFIS PNP) al intentar ingresar al país 24 celulares de alta gama, de dudosa procedencia, camuflados en la estructura de un televisor.
La intervención se produjo en momentos que el individuo se encontraba en el interior del salón de llegadas internacionales. En esa circunstancias que los agentes le solicitaron la documentación del artefacto eléctrico que sostenía en una mano a la par que procedían a hacer el registro del mismo.
Grande fue la sorpresa cuando hallaron los 24 equipos celulares de las marcas Samsung, Apple IPhone, Xiaomi y Motorola acondicionados en la estructura del televisor para no ser descubiertos. El intervenido no presentó ningún documento que acredite su procedencia legal.
De acuerdo a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaría, la mercadería estaría valorizada en el mercado nacional en S/36000.00 (treinta y seis mil soles).
Los agentes, en coordinación con el Ministerio Público, procedieron a trasladar a Silva Carbajal a la comisaria del aeropuerto Jorge Chávez para las diligencias e investigaciones correspondiente. Estaría incurso en la comisión del delito aduanero-contrabando, penalizado cin prisiòn no menor de cinco ni mayor de ocho años.
La Ley
Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 vigente en su artículo 1 señala que “El que se sustrae, elude o burla el control aduanero ingresando mercancías del extranjero o las extrae del territorio nacional o no las presenta para su verificación o reconocimiento físico en las dependencias de la Administración Aduanera o en los lugares habilitados para tal efecto, cuyo valor sea superior a dos Unidades Impositivas Tributarias, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años, y con trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días-multa”.
A renglón seguido agrega: “La ocultación o sustracción de mercancías a la acción de verificación o reconocimiento físico de la aduana, dentro de los recintos o lugares habilitados, equivale a la no presentación”.