martes, marzo 31, 2026
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Taxis en Lima: el “No voy”, la ley de la calle que anula tus derechos en Lima y Callao

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Taxis en Lima: hay sanciones para la “dictadura” del taxista, lo que no existe es fiscalización adecuada

Taxis en Lima. ¿Te es familiar la frase “No voy”? ¿Eres uno de los casi millón de usuarios que a diario levantan la mano en una esquina de Lima y Callao para solicitar un servicio de taxi y a cambio recibes la negativa del conductor que amparado en la informalidad de la calle, se siente con el derecho de decir “No voy”’, ignorando que el taxi, por ley, es un servicio público y no un favor personal?.

El usuario, impotente, lo único que le queda es reclamar al chofer, si es que éste le permite y no engancha en primera y arranca, y decirle ¿para que haces taxi si no vas a cumplir con el servicio que ofreces?.  Es que, todo usuario debe saber que el “No voy” es una falta de respeto y a la normatividad vigente, pero que de ninguna manera anula tus derechos taxativamente consignados en la Ley del Consumidor. (Ley N° 29571,  Código de Protección y Defensa del Consumidor).

La dictadura del taxista

Esta es una problemática que toca la fibra de cualquier ciudadano de Lima y Callao. El famoso «No voy» no es solo un desplante; es el síntoma de un sistema de transporte fragmentado y, en gran medida, informal. El “No voy” se ha convertido en una barrera invisible que segmenta la ciudad y vulnera el derecho al libre tránsito.

Lo que muchos consideran una “costumbre” del oficio es, en realidad, una distorsión de lo que significa un servicio público. Mientras que en metrópolis como Nueva York o Buenos Aires el encendido de la luz de ‘libre’ constituye un contrato implícito de transporte, bajo amenaza de cancelación de la licencia del conductor, en las pistas limeñas el usuario se somete a una subasta de rutas y humores. ¿Es el taxi un servicio con reglas o un beneficio que el chofer concede a su criterio? Entre la informalidad y la falta de fiscalización, el pasajero queda desprotegido, preguntándose: si el destino no lo pone quien paga, ¿para quién trabaja realmente el transporte en el Perú?»

Taxistas en Lima: “No voy” es una falta de respeto y a la normatividad vigente, pero que de ninguna manera anula tus derechos consignados en la Ley del Consumidor.
Taxistas en Lima: “No voy” es una falta de respeto y a la normatividad vigente, pero que de ninguna manera anula tus derechos consignados en la Ley del Consumidor.
  1. El Marco Legal: ¿Es legal el «No voy»?

En el Perú, el servicio de taxi está regulado principalmente por la ATU (Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao).

Naturaleza del Servicio: El taxi es un servicio público de transporte especial. Al obtener una autorización (setame o setaca), el conductor se compromete a prestar el servicio bajo ciertas condiciones.

La Infracción: Según el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, negarse a prestar el servicio sin una causa justificada (cuando el taxi está libre y en paradero o circulando como disponible) puede ser considerado una falta.

Taxis en Lima: el “No voy”, la ley de la calle que anula tus derechos en Lima y Callao
Taxis en Lima: el “No voy”, la ley de la calle que anula tus derechos en Lima y Callao

El Derecho del Consumidor

El Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) establece que los proveedores no pueden discriminar a los consumidores ni negar la prestación de un servicio en el mercado sin causa justificada.

La «causa justificada» suele ser el único refugio del taxista (por ejemplo, zonas de alta peligrosidad demostrable), pero el «no voy al Centro de Lima, al Callao, a Comas, a San Juan de Lurigancho, Ventanilla, Chosica, Musa y otros tantos lugares para mencionar en la ciudad)  no es un argumento legal válido para un servicio público.

Los Derechos del Usuario vs. El Chofer

Perspectiva del Usuario Realidad del Chofer (El argumento del «No voy»)
Derecho a la No Discriminación: No ser rechazado por el destino, apariencia o distancia. Seguridad Personal: El miedo al robo o al «vaciado de tarjetas» en ciertas zonas.
Idoneidad del Servicio: Si el vehículo tiene el letrero de «Taxi», se espera que cumpla su función. Libertad de Trabajo: Muchos conductores consideran que, al ser dueños de su unidad, deciden cómo gestionarla.
Trato Digno: El respeto mutuo en la negociación del servicio. Rentabilidad y Tráfico: El tráfico limeño hace que rutas de 5 km puedan tomar 1 hora, volviéndolas no rentable.

 

  1. Fundamento Social: La Informalidad como raíz

El «No voy» es hijo de la desregulación.

Taxi Estacionario vs. Aplicativo: Mientras que en las apps el destino se conoce de antemano (o el algoritmo asigna), en el taxi de la calle la negociación es verbal y subjetiva.

Falta de Taxímetro: Al no haber un sistema de cobro estándar por tiempo y distancia (como en casi todo el mundo), el chofer «subasta» su tiempo. Si tu destino no le es rentable o lo aleja de su zona de confort, prefiere rechazarlo.

  1. ¿Existen sanciones reales?

Aunque la norma existe, la fiscalización es el punto débil.

  • Para sancionar a un taxista por negarse a ir, un inspector de la ATU tendría que presenciar el acto o el usuario tendría que presentar una queja formal con pruebas (placa, video), lo cual es poco práctico por la prisa del usuario.
  • En el caso de taxis por aplicativo, el «No voy» se disfraza de cancelaciones arbitrarias, lo que afecta la calificación del conductor pero rara vez conlleva una multa administrativa.

Mas argumentos que sustentan la infracción

El «No voy» es una infracción a la idoneidad, según descripción del Código de Protección y Defensa del Consumidor y el Reglamento de la ATU.

El detalle

  1. Ley N° 29571: Código de Protección y Defensa del Consumidor

Este es el pilar fundamental. La «Idoneidad» se define en los artículos 18 y 19:

  • Artículo 18 (Idoneidad): Se define como la correspondencia entre lo que un consumidor espera y lo que efectivamente recibe. Un usuario que detiene un taxi con el distintivo de «libre» espera ser trasladado. Si el proveedor se niega sin causa, hay una falta de idoneidad porque el servicio no cumple con su fin social y comercial.
  • Artículo 19 (Obligación de los proveedores): El proveedor es responsable por la idoneidad y calidad de los servicios ofrecidos. Negar el servicio de forma arbitraria rompe la expectativa legítima del consumidor.
  • Artículo 58.1 (Trato digno): Prohíbe que el proveedor de servicios discrimine o brinde un trato humillante o abusivo. El «No voy» suele ir acompañado de una selección arbitraria (por cómo luce el pasajero o hacia dónde va), lo cual roza la discriminación.
  1. Reglamento de la ATU (Autoridad de Transporte Urbano)

El servicio de taxi en Lima y Callao no es una actividad privada libre, sino un Servicio Público de Transporte Especial.

  • Reglamento del Servicio de Taxi (Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 054-2024-ATU/PE):
    • Este reglamento establece que el taxista autorizado tiene el deber de prestar el servicio cumpliendo las condiciones de la autorización.
    • Infracción por Negativa: El Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) y las tablas de infracciones de la ATU califican como infracción el «incumplir con la prestación del servicio una vez contratado o iniciado».
    • El dilema de la «negociación»: Legalmente, si un taxista circula con el cartel de «TAXI» y se detiene ante un llamado, está ofertando el servicio. La negativa injustificada tras la consulta del destino es considerada una mala práctica que contraviene la naturaleza del permiso otorgado por el Estado.
  1. El Concepto de «Servicio Público»

El «No vo suele ser el primer paso hacia la informalidad total, un terreno donde las multas de la ATU son drásticas a partir de este 2026.

Este es el detalle de las sanciones vigentes para este año, considerando que el valor de la UIT para el 2026 se ha fijado en S/ 5,500:

Taxis en Lima: hay sanciones para la “dictadura” del taxista, lo que no existe es fiscalización adecuada
Taxis en Lima: hay sanciones para la “dictadura” del taxista, lo que no existe es fiscalización adecuada

Las multas

  1. Escala de Multas por Informalidad (2026)

Realizar el servicio de taxi sin la autorización correspondiente (el «taxi pirata») es considerado una infracción Muy Grave. Las sanciones se dividen según la responsabilidad:

  • Para el Propietario del vehículo: La multa es de 2 UIT, lo que equivale a S/ 11,000.
  • Para el Conductor: La multa es de 1 UIT, es decir, S/ 5,500.
  • Medida Preventiva Inmediata: Internamiento del vehículo en el depósito y retención de la licencia de conducir.

El «Factor Accidente»

Si el vehículo informal se ve involucrado en un accidente de tránsito, las penas se duplican:

  • El propietario paga 4 UIT (S/ 22,000).
  • El conductor es inhabilitado definitivamente para obtener una licencia de conducir.
  1. Infracciones para el Taxi Formal (El origen del «No voy»)

Incluso si el taxista tiene papeles, existen códigos de infracción que castigan las malas prácticas de servicio:

  • Abandono del servicio: Si un taxista acepta el servicio pero luego se niega a continuar o deja al pasajero a mitad de camino sin causa justificada, puede ser sancionado bajo códigos como el RE3 (Abandono de la prestación).
  • Modalidad no permitida (Taxi Colectivo): Muchos taxistas dicen «No voy» a un pasajero individual porque prefieren hacer «colectivo» (ruta fija). La ATU sanciona esta modalidad con multas que van desde los S/ 4,125 (0.75 UIT) hasta los S/ 8,250 (1.5 UIT) si hay reincidencia o accidentes.
Taxistas en Lima. El famoso "No voy" no es solo un desplante; es el síntoma de un sistema de transporte fragmentado y, en gran medida, informal (Foto: ATU).
Taxistas en Lima. El famoso «No voy» no es solo un desplante; es el síntoma de un sistema de transporte fragmentado y, en gran medida, informal (Foto: ATU).

Para no olvidarse

¿Sabías que…? En Lima, la fiscalización de la ATU ha endurecido sus penas. Un taxista informal que te dice «No voy» (o que acepta pero no tiene permiso) se arriesga a una multa mínima de S/ 5,500 y al internamiento de su auto. Sin embargo, el problema persiste: en 2025 se enviaron al depósito vehículos que acumulaban más de S/ 800,000 en multas impagas, lo que demuestra que la sanción económica no siempre frena la informalidad si no hay una reforma de fondo.

Radiografía del Taxi en Lima (2025-2026)

En Lima Metropolitana y el Callao se realizan aproximadamente 1.5 millones de viajes en taxi al día. Esta cifra incluye tanto el sector formal como el informal.

  1. La batalla por la calle: ¿App o Calle?

Aunque hace una década el taxi «de calle» (parar el auto con la mano) dominaba el 80% del mercado, hoy la situación ha dado un vuelco drástico.

Taxis por Aplicativo: Representan aproximadamente el 40% – 45% de los viajes diarios. Esto equivale a unos 600,000 a 675,000 viajes cada día realizados a través de plataformas como Uber, inDrive, Yango, DiDi, Cabify u otras.

Taxis de Calle / Tradicionales: Todavía mantienen una cuota importante, cerca del 55% – 60% de los viajes. Sin embargo, este sector es donde más se concentra la queja del «No voy», ya que el destino se negocia cara a cara y no está predefinido por un algoritmo.

  1. Los datos detrás del servicio: Taxistas Habilitados (Formales): La ATU cerró el 2025 con aproximadamente 82,500 taxistas autorizados.

El «Universo Informal»: Se calcula que por cada taxi formal, hay al menos uno o dos informales, elevando la cifra total de unidades circulando a más de 200,000 vehículos.

Preferencia de Usuarios: Según estudios recientes (Arellano/CCR), el 83% de los usuarios de apps las prefieren por seguridad, a pesar de que el costo puede ser ligeramente mayor. Esto refuérzala el argumento de la presente nota que  la gente huye del «No voy» y de la inseguridad de la calle.

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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