Mi Perú: Una serie de medidas y acciones para la prevención y control del Dengue, Zika y Chikungunya, adoptó hoy en su jurisdicción la Municipalidad distrital de Mi Perú, en la Provincia Constitucional del Callao, en su objetivo de evitar la proliferación de criaderos de larvas y zancudos Aedes agypti y reducir los niveles de infestación del vector. Vea la Ordenanza:
Entre estas medidas, dadas a través de una Ordenanza se encuentra la aplicación de multas de hasta el 40 por ciento de la UIT, equivalente a mil 980 soles, a toda aquel que impida el ingreso a un inmueble que se sospecha exista en su interior focos infecciosos del vector transmisor del dengue y otras enfermedades metaxénicas, además de la interposición de una denuncia ante el Poder Judicial.
La presencia del vector transmisor principalmente el Aedes Aegypti hace necesario identificar estrategias adecuadas para controlar enfermedades como el Dengue, Chikungunya y Zika, por lo que la participación responsable de la comunidad debe contribuir a eliminar los principales criaderos del vector, generalmente ligados al hábitat del ser humano.
Mi Perú: los detalles de la Ordenanza
La norma señala lo siguiente. “Todo propietario, arrendatario de una vivienda, unidad habitacional, establecimiento privado o de uso público, deberá permitir el ingreso de los inspectores municipales o de salud, debidamente identificados, con el objeto de inspeccionar el lugar a efecto de identificar, tratar y/o eliminar criaderos o potenciales criaderos de zancudos, igual responsabilidad tendrá el funcionario a cuyo cargo se encontrare en una institución del Estado”.
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En el acápite de prohibiciones, la Ordenanza dispone “Sancionar a la persona natural o jurídica que impida u obstaculice cualquier actividad de vigilancia y/o control que realice el gobierno local en coordinación con la autoridad de salud competente” y establece sanciones administrativas como amonestación escrita, multa. clausura temporal e interposición de denuncia.
En el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, la Ordenanza incorpora como nueva infracción sujeto al pago de una multa de 40% de la UIT (S/. 1,980.00) el hecho de “Impedir, evitar, imposibilitar, reprimir u obstaculizar las acciones de vigilancia, control y erradicación de focos infecciosos del vector transmisor del dengue y otras enfermedades metaxénicas”
Además de la multa se dispone el retiro de materiales y en caso de reincidencia, la interposición de una denuncia.
Mi Perú: Otras sanciones
La Ordenanza describe como sanción lo siguiente: “Utilizar el techo de las viviendas, comercios e instituciones para el almacenamiento de objetos de desuso”, origina una multa de 30% de la UIT (S/. 1494.00).
Depositar en espacios públicos privados todo tipo de residuos sólidos, desperdicios tales como latas, botellas, neumáticos, objetos en general que puedan convertirse en criaderos de zancudos Aedes Aegypti (10 % de la UIT)
Mantener piscinas incluyendo las portátiles y sus instalaciones con agua estancada que puedan convertirse en criaderos del vector del dengue, chikungunya y zika, (30% de la UIT).
Por crear condiciones que favorezcan la proliferación del vector (Aedes Aegypti) en piscinas u otras instalaciones (1 UIT)
Mi Perú: obligaciones generales
En general, los propietarios o administradores de parques públicos, privados, fuentes ornamentales, piscinas y empresas dedicadas al manejo y almacenamiento de agua, actividades de jardinería, biohuertos, viveros, establecimientos comerciales, así como la población en general, son sujetos pasibles de las siguientes obligaciones:
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- Eliminar todos los recipientes que existan en el interior o alrededores del inmueble, lugares en los que pudiera almacenarse, depositarse o estancarse agua sin utilidad, tales como agujeros de construcción inconclusa o deteriorada, llantas en desuso, envases vacíos y todo objeto que pueda presumirse como potencial criadero del vector
- Mantener limpios, tapados seguros y protegidos y todo tipo de recipientes que sean utilizados para almacenar agua de uso doméstico, tales como: barriles tanques y otros similares.
- Mantener los bebedores para animales en las viviendas en óptimas condiciones y con sustitución frecuente de agua.
- Realizar el drenaje de aguas estancadas en patios, jardines y todo espacio abierto, así como mantener libre de obstáculos los canales de techo, cunetas y canaletas de desagüe.
- Utilizar arena húmeda en lugar de agua en los floreros de las viviendas, templos u otros lugares y/o fomentar el uso de flores artificiales.
- Usar mallas en las ventanas y otras medidas de protección personal como son: repelentes, vestimenta que cubra todo el cuerpo, etc.
- Brindar las facilidades que requiera el personal de Salud y la Municipalidad Distrital de Mi Perú, para realizar la vigilancia y control vectorial, los ciudadanos autorizaran el ingreso a sus domicilios para la realización de las actividades de eliminación de criaderos, control químico y nebulización, según sea el caso.