El Gobierno, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) anunció hoy que presentará un proyecto de Ley que permitirá regular el régimen de propiedad horizontal en aquellas edificaciones –como edificios, conjuntos habitacionales y otros tipos desarrollados en las últimas décadas que comparten bienes y servicios comunes.
La viceministra de Vivienda y Urbanismo, Cecilia Lecaros Vértiz explicó que el denominado proyecto de Ley del Régimen de la Propiedad Horizontal, determinará el marco normativo para resolver posibles disputas o discrepancias entre propietarios de unidades inmobiliarias que comparten bienes y servicios comunes relacionadas a la administración de los mismos.
La viceministra mencionó que el Sector MVCS recibe frecuentemente consultas de ciudadanos sobre problemas de convivencia entre propietarios, arrendadores y poseedores, el cobro de obligaciones económicas de los propietarios, la falta de reconocimiento y representación legal de propietarios, procedimientos complicados para inscribir las propiedades ante Registros Públicos, carencia de reglamento interno o de junta de propietarios, entre otros.
En la actualidad, el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común es regulado por la Ley 27157, que data del año 1999. Debido a que el mercado inmobiliario y la tipología de edificaciones han cambiado drásticamente en las dos últimas décadas, es necesario un nuevo marco legal que los regule adecuadamente.
Entre otros aspectos, se establecerá en la propuesta normativa que el reglamento interno de un edificio o complejo habitacional sea considerado un instrumento legal de cumplimiento obligatorio, que regula los derechos y obligaciones de los propietarios, y la relación de bienes y servicios comunes.
Además, se regularán los procedimientos para que la junta de propietarios apruebe la ejecución de obras de sobreedificación (construir en las azoteas) o subedificación (construir nuevos sótanos), ampliación y remodelación, previo a la solicitud de la licencia municipal.
Una vez que concluya su elaboración en el MVCS, el proyecto de ley será enviado al Consejo de Ministros, para su aprobación y posterior remisión al Congreso de la República, donde deberá ser debatido y, eventualmente, aprobado.