Claudia Sheinbaum: votaron a favor 63 congresistas, en contra 34, todos ellos integrantes de partidos de izquierda
Claudia Sheinbaum se convirtió este viernes en la única presidente del mundo que tiene para el Perú el estatus de “persona non grata”, es decir, ella , como jefe de Estado de su país no es bienvenida al Perú y, más allá de expresiones simbólicas, la declaración refleja el tenso momento que atraviesa las relaciones entre ambos gobiernos.
La decisión adoptada por el Congreso de la República es el paso que continuó al anuncio peruano del último martes de rompimiento de relaciones diplomáticas con el Estado mexicano como respuesta al otorgamiento por parte del Gobierno de Claudia Sheinbaum del asilo político a la expresidente del Consejo de Ministros, Betssy Chávez Chino, medida considerada “inamistosa” por parte del régimen de José Jerí.
La moción, impulsada por los congresistas Ernesto Bustamante (FP), Alejandro Aguinaga (FP), María del Carmen Alva (FP), Roselli Amuruz (AP), José Cueto (HyD), Gladys Echaíz(HyD), Nelcy Heidinger (APP) y Milagros Jáuregui (RP), alcanzó una votación a favor de 63 congresistas, en contra 34 y 2 abstenciones. Todos los votos en contra pertenecen a congresistas de los partidos de izquierda.
En agendapais hemos preparado un resumen completo de las 25 intervenciones expuestas en el Pleno por parte de los congresistas.
Moción aprobada
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
PRIMERO. Declarar persona non grata a la señora Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, rechazando de manera enfática sus declaraciones, las cuales se interpretan como una inaceptable injerencia en asuntos internos del Perú y una ofensa al sistema democrático nacional.
SEGUNDO. Oficiar al Ministerio de Relaciones Exteriores la presente Moción de Orden del Día, para que la difunda a través de sus canales diplomáticos con fines de conocimiento y acciones pertinentes.
Lima, 8 de septiembre de 2025.

Argumento de la Moción
“Las relaciones diplomáticas entre naciones se fundamentan en el respeto mutuo, la igualdad soberana y el diálogo constructivo; y que la falta de respeto por parte de un jefe de Estado hacia otro país puede generar tensiones perjudiciales para la paz y la cooperación regional”,
“Desde que asumió la presidencia en octubre de 2024, la señora Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, ha mantenido una posición claramente hostil hacia la República del Perú, lo que ha suscitado preocupaciones y malestar en diversos sectores de la sociedad peruana.”
“Es especialmente grave la defensa abierta y declarada que la presidenta Sheinbaum ha realizado del expresidente Pedro Castillo Terrones, quien intentó en diciembre de 2022, actuando en violación de la Constitución Política, disolver el Congreso de la República y establecer un gobierno de excepción; actos que constituyen una violación del orden constitucional”.
“Además, la presidenta Sheinbaum ha desconocido el proceso constitucional que, iniciándose en el Congreso de la República, determinó de manera legal y legítima la vacancia de la presidencia del señor Castillo y la correspondiente asunción de la actual presidenta del Perú, la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra. Esta situación se ve agravada por el hecho de que la señora Sheinbaum se refiere al expresidente Castillo como el “legítimo presidente del Perú” y ha solicitado en varias ocasiones su excarcelación e inmediato retorno al poder”.
“Estas declaraciones representan no solo una clara intromisión en los asuntos internos del Perú, sino también una falta reiterativa de respeto hacia la institucionalidad peruana, lo que erosiona la legitimidad de nuestras instituciones democráticas y desatiende la voluntad del pueblo peruano, expresada a través de sus representantes.
“Esta actitud, notablemente provocadora y carente de la debida mesura y prudencia diplomática, no refleja la conducta que se espera del gobierno de un pueblo amigo, con raíces históricas profundamente compartidas con el Perú, y dista de ser un comportamiento apropiado y responsable de un consocio fundador de la Alianza del Pacífico”.
“Estos actos no solo afectan negativamente la imagen del Perú en el ámbito internacional, sino que, además, ponen en riesgo la cooperación en áreas vitales como el comercio, la seguridad y la migración, comprometiendo así nuestros intereses nacionales”.
“Es pertinente recordar que México adoptó, como corolario del principio de no intervención, la Doctrina Estrada, que rechaza cualquier declaración de reconocimiento de gobiernos, lo que contradice aún más la continuada postura de la presidenta Sheinbaum”.
“La Carta de la Organización de las Naciones Unidas, en su Capítulo 1°, titulado “Propósitos y Principios”, artículo 2.7, establece el principio de no intervención en asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados.”.
“En virtud de lo anterior, es deber del Estado peruano proteger su soberanía y garantizar la integridad de sus instituciones, funcionarios y ciudadanos, así como velar por el respeto a la Constitución Política del Perú y a los procesos democráticos legítimos”.
“El artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece como deber primordial del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población frente a amenazas a su seguridad, promover el bienestar general y resguardar la independencia y la soberanía del Estado”.
“El artículo 55 de la Constitución también aclara que los tratados internacionales celebrados por el Perú forman parte de su derecho nacional, incluyendo principios fundamentales como la no intervención en asuntos internos, de acuerdo con lo estipulado en la Carta de la OEA y la Carta de la ONU”.
“El artículo 97 de la Constitución y el Reglamento del Congreso otorgan al Poder Legislativo la facultad de fiscalización política y la capacidad de emitir mociones de orden del día sobre asuntos de interés nacional e internacional.
En atención a los considerandos precedentes, la Comisión de Relaciones Exteriores en su tercera sesión ordinaria, celebrada el 8 de septiembre de 2025, correspondiente al periodo anual de sesiones 2025-2026, aprobó por mayoría1, la siguiente moción para su admisión, debate y votación en el Pleno del Congreso de la República”.

