Días no Laborables: Para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles
Días no Laborables: Los días no laborables, para los trabajadores del sector público, a nivel nacional, al que el Sector Privado puede acogerse, previo acuerdo entre el trabajadores y el empleador, según lo establecido este jueves por el Gobierno, son los siguientes:
- Viernes 26 de julio de 2024;
- Lunes 7 de octubre de 2024;
- Viernes 6 de diciembre de 2024;
- Lunes 23 de diciembre de 2024;
- Martes 24 de diciembre de 2024;
- Lunes 30 de diciembre de 2024;
- Martes 31 de diciembre de 2024.
Días no laborables 2024: Sector privado
Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presente norma, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Fines tributarios
Para fines tributarios, dichos días serán considerados hábiles.
Compensación de horas
Las horas dejadas de laborar durante los días no laborables establecidos en la norma, serán compensadas según corresponda, en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
Provisión de servicios indispensables
Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios públicos que sean indispensables para la sociedad, durante los días no laborables establecidos en el presente Decreto Supremo.
Días no laborables 2024: Actividades económicas de especial relevancia para la comunidad
Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos, están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
Los argumentos de la decisión
En sus considerandos, la norma señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, promueve el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país, propiciando las condiciones más favorables para el impulso de la iniciativa privada y la generación de empleo y fomenta el turismo social.
En dicho marco, el Gobierno ejecuta políticas estratégicas de promoción de los atractivos turísticos del país, entre las cuales se encuentra, declarar para el sector público, desde hace más de una década, días no laborables sujetos a compensación o recuperación de horas no trabajadas.

Sostiene que estos días adicionados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno; lo cual, argumenta, constituye un instrumento dinamizador de las economías locales y contribuye al conocimiento de los atractivos turísticos y de las distintas realidades de las poblaciones de nuestro país.
Además, mediante Resolución Ministerial N° 138-2022, el MINCETUR aprueba la “Estrategia Nacional de Reactivación del Sector Turismo 2022 – 2025”, con el objetivo de promover la reactivación del sector turismo en el Perú, generando experiencias turísticas únicas y bioseguras sobre la base de su riqueza natural y cultura ancestral, con inclusión y sostenibilidad.
La “Estrategia Nacional de Reactivación del Sector Turismo 2022-2025” plantea, “Fortalecer la promoción y posicionamiento de la oferta turística, a partir de atributos de calidad, sostenibilidad y bioseguridad”, “Fortalecer la promoción de turismo interno” e “Impulsar el viaje de cercanías en el marco de los feriados largos para incentivar los viajes intrarregionales”.
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En razón a estos argumentos resulta, señala la resolución, resulta conveniente declarar los días no laborables sujetos a compensación para el año 2024, así como los supuestos de excepción, para garantizar la continuidad de actividades indispensables para la comunidad.