Este jueves 6 y viernes 7 de abril del presente año, tanto en la Administración Pública como en Sector Privado. son días feriados no laborables por motivos de la «Semana Santa«, la fiesta cristiana que recuerda la pasión, la muerte y la resurrección de Nuestro Señor Jesucristo.
Los empleadores del sector privado deberán considerar las siguientes reglas sobre el pago de los descansos remunerados descritas en el Decreto Legislativo N° 713, señala un cuadro elaborado por el Estudio Ribeiro & MDL Asociados.
Multa por incumplimiento
En caso de incumplimiento de las disposiciones relacionadas al descanso por día feriado constituye una infracción muy grave pasibles de ser sancionada hasta con 52.53 UIT (S/ 260,023.50).