Transporte público: y los beneficios de reinserción laboral, ¿de qué forma alcanzará a los trabajadores del volante?
Transporte Público. El Gobierno introdujo este domingo una serie de disposiciones complementarias para hacer frente a los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías, en el marco de la Ley N° 32490.
La introducción del llamado botón de pánico como una herramienta de defensa tecnológica en el momento de la agresión delincuencial y la figura de la reinserción laboral, que funcionará como un seguro de vida que permitirá que el trabajador pueda continuar con su economía personal lejos del entorno de amenaza, figuran ente las medidas extraordinarias.
Botón de Pánico
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 009-2026-PCM y la Ley N° 32490, el Botón de Pánico Antiextorsión no es solo un dispositivo físico, sino de un mecanismo que forma parte de un ecosistema de respuesta tecnológica integrada. Su funcionamiento se basa en los siguientes puntos:
Integración al C5i: El dispositivo estará conectado en tiempo real al Sistema de Comando, Control, Comunicaciones, Cómputo, Cibernética e Inteligencia (C5i) de la Policía Nacional. Esto significa que, al activarse, la alerta llega directamente a una central policial con capacidad de monitoreo de video y geolocalización.
Implementación Progresiva: El MTC establecerá en qué vehículos, paraderos y terminales es obligatorio. La prioridad la tendrán las rutas declaradas como «críticas» en los mapas de riesgo.
Activación y Respuesta: Está diseñado para ser usado durante el delito (atención inmediata). Al ser presionado por el conductor o personal de la empresa, se activa un protocolo de patrullaje focalizado, donde las unidades policiales más cercanas a la ubicación georreferenciada del vehículo deben acudir al auxilio.
Evidencia: Las cámaras de vigilancia vinculadas al botón servirán para la identificación de los delincuentes en coordinación con las fiscalías especializadas, garantizando que la respuesta no sea solo disuasiva, sino judicial.

La Reinserción Laboral
Este concepto representa un mecanismo de protección social y económica para que las víctimas no queden desamparadas tras sufrir un atentado o amenazas que les impidan seguir en su puesto habitual. Sus características son:
¿Quiénes acceden?: Aquellas personas (choferes, cobradores, propietarios o trabajadores del sector) que estén debidamente inscritas en el Registro de Víctimas del Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC).
Voluntariedad: El proceso es opcional para el afectado. Si la persona siente que no puede volver a su ruta habitual por miedo o trauma, el Estado interviene.
Servicios del Ministerio de Trabajo (MTPE): La reinserción no es solo «dar un empleo», sino que incluye:
Bolsas de trabajo: Prioridad para colocarse en otras empresas de transporte o en sectores económicos distintos.
Capacitación y Certificación: Cursos para mejorar sus habilidades o certificar sus competencias para que puedan optar a mejores puestos.
Asesoría para el Autoempleo: Si la víctima decide no volver a trabajar para terceros, recibirá guía para iniciar una actividad económica propia.
Objetivo Final: Evitar el «empobrecimiento» de la víctima (citando la Ley de Salud Mental mencionada en el decreto) y garantizar que la violencia criminal no termine destruyendo el sustento económico de la familia del trabajador.

Las medidas
Las medidas que entran en vigencia hoy se dividen en tres etapas clave: antes, durante y después del delito.
- Prevención y Control Financiero (Antes del delito)
Rastreo de Dinero: La SBS supervisará que los bancos detecten movimientos sospechosos de dinero vinculados a denuncias por extorsión.
Acceso de la UIF: La Unidad de Inteligencia Financiera tendrá acceso en línea a la base de datos de la PNP sobre denunciados por extorsión para rastrear flujos ilícitos de inmediato.
Mapas de Riesgo: La PNP elaborará mapas delictivos georreferenciados para identificar «zonas críticas» y planificar patrullajes preventivos.
Capacitación Obligatoria: Choferes, cobradores y gerentes recibirán capacitación técnica para aprender a detectar y denunciar estos delitos.
- Respuesta y Atención Inmediata (Durante el delito)
Tecnología en el Transporte: Se implementarán progresivamente cámaras de vigilancia y botones de pánico en buses y terminales, integrados al sistema de comando policial (C5i).
Rutas Provisionales: Si una zona es bloqueada o se vuelve muy peligrosa por amenazas delictivas, el MTC y la PNP podrán establecer rutas alternativas para evitar el desabastecimiento y proteger a los transportistas.
Protección a Víctimas: Se garantizan medidas como la reserva de identidad del denunciante, un canal telefónico de orientación y patrullaje focalizado para quienes reciban amenazas.

- Reactivación y Recuperación (Post-delito)
Programa «Ruta Segura Restablecida»: Un fondo especial financiará la reparación de buses o infraestructura dañada por actos de violencia criminal.
Salud y Trabajo: * Las víctimas tendrán atención psicológica gratuita y prioritaria.
Se establece un programa de reinserción laboral para que las víctimas puedan volver a trabajar en el sector transporte u otros sectores a través de bolsas de trabajo del Ministerio de Trabajo.
Extinción de Dominio: Se agilizarán los procesos para incautar bienes y activos provenientes de la extorsión y el sicariato.
- Coordinación Institucional
GIES: Se crea el Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato, donde la PNP, el Ministerio Público y la UIF trabajarán juntos para desarticular bandas criminales.
Registro de Víctimas: El Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC) creará un padrón oficial de víctimas para asegurar que reciban los beneficios de ley.
El Decreto Supremo
Este es el texto del Decreto Supremo que estable disposiciones complementarias para garantizar la implementación y adecuada operatividad de la Ley N° 32490, Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión y sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías, a fin de fortalecer la seguridad operativa del servicio de transporte, la protección de trabajadores y usuarios, y la continuidad del servicio, mediante mecanismos de coordinación interinstitucional, certificación de seguridad y apoyo a la recuperación económica.



