lunes, marzo 17, 2025
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Estados Unidos: Conozca la decisión de Trump de elevar a 25% los aranceles a las importaciones de aluminio y acero

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Estados Unidos: la medida regirá a partir de las 12:01 a. m., hora del este, del 12 de marzo de 2025

Estados Unidos. ¿Cómo se aplicará la Proclama del presidente Donald Trump que eleva los aranceles a las importaciones de acero y aluminio y que cancela exenciones y cuotas libres de impuestos para proveedores de Canadá, México, Brasil y otros países?

La acción presidencial restablece un arancel del 25 % sobre millones de toneladas de importaciones de acero e importaciones de aluminio que habían estado ingresando a Estados Unidos libres de impuestos bajo acuerdos de cuotas, exenciones y miles de exclusiones de productos.

Las proclamaciones fueron extensiones de los aranceles de seguridad nacional de la Sección 232 de 2018 de Trump para proteger a los fabricantes de acero y aluminio.

Trump también impondrá una nueva norma norteamericana que exige que las importaciones de acero sean «fundidas y vertidas» y las de aluminio sean «fundidas y vertidas» en la región  para frenar las importaciones de acero chino mínimamente procesado en Estados Unidos.

A decir del asesor comercial de Trump, Peter Navarro, «Los aranceles al acero y el aluminio 2.0 pondrán fin al dumping extranjero, impulsarán la producción nacional y asegurarán nuestras industrias del acero y el aluminio como industrias columna vertebral y pilar de la seguridad económica y nacional de Estados Unidos».

Este es el texto de la Proclama firmada por el presidente Donald Trump que regirá a partir de las 12:01 a. m., hora del este, del 12 de marzo de 2025.

POR EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

UNA PROCLAMACIÓN

El 11 de enero de 2018, el Secretario de Comercio (el Secretario) me transmitió un informe sobre la investigación del Secretario acerca del efecto de las importaciones de artículos de acero (artículos de acero) sobre la seguridad nacional de los Estados Unidos conforme a la sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962, en su forma enmendada (19 USC 1862) (sección 232). El Secretario determinó y me comunicó su opinión de que se están importando artículos de acero a los Estados Unidos en cantidades y circunstancias tales que amenazan con perjudicar la seguridad nacional de los Estados Unidos.

En la Proclamación 9705 del 8 de marzo de 2018 (Ajuste de las Importaciones de Acero a los Estados Unidos), coincidí con la conclusión del Secretario de que los artículos de acero, según se definen en la cláusula 1 de la Proclamación 9705 (modificada por la cláusula 8 de la Proclamación 9711 del 22 de marzo de 2018 (Ajuste de las Importaciones de Acero a los Estados Unidos)), se están importando a los Estados Unidos en tales cantidades y bajo tales circunstancias que amenazan con perjudicar la seguridad nacional de los Estados Unidos, y decidí ajustar las importaciones de artículos de acero imponiendo un arancel ad valorem del 25 por ciento sobre dichos artículos importados de la mayoría de los países.

Estados Unidos: la medida regirá a partir de las 12:01 a. m., hora del este, del 12 de marzo de 2025
Estados Unidos: la medida regirá a partir de las 12:01 a. m., hora del este, del 12 de marzo de 2025

La Proclamación 9705 declaró además que cualquier país con el cual Estados Unidos tenga una relación de seguridad es bienvenido a discutir formas alternativas de abordar el menoscabo amenazado de la seguridad nacional causado por las importaciones de ese país, y señaló que, si Estados Unidos y ese país llegan a un medio alternativo satisfactorio para abordar la amenaza a la seguridad nacional de tal manera que el Presidente determine que las importaciones de ese país ya no amenazan con perjudicar la seguridad nacional, puedo eliminar o modificar la restricción a las importaciones de artículos de acero de ese país y, de ser necesario, ajustar el arancel que se aplica a otros países, según lo requieran los intereses de seguridad nacional de Estados Unidos.

En la Proclamación 9705, también ordené al Secretario que vigilara las importaciones de artículos de acero y me informara de cualquier circunstancia que, en su opinión , pudiera indicar la necesidad de adoptar medidas adicionales en virtud de la Sección 232, en su forma enmendada, con respecto a dichas importaciones. De conformidad con la Proclamación 9705, el Secretario estaba autorizado a proporcionar un alivio de los derechos adicionales, sobre la base de una solicitud de una parte directamente afectada ubicada en los Estados Unidos, para cualquier artículo de acero que se determinara que no se producía en los Estados Unidos en una cantidad suficiente y razonablemente disponible o de una calidad satisfactoria, o sobre la base de consideraciones específicas de seguridad nacional.

Vea el texto completo en el siguiente link:

 

 

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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