No pasó en el Congreso de la República la acusación de la Fiscalía de la Nación contra Manuel Merino, quien, de acuerdo a la entonces fiscal Zoraida Avalos, incurrió en la presunta omisión impropia del delito de homicidio en agravio de Inti Sotelo Camargo y Bryan Pintado Sánchez, ambos fallecidos durante la noche del 14 de noviembre del 2020, en el marco de las protestas realizadas como reacción a la vacancia de Martín Vizcarra.
El motivo: 22 congresistas, entre ellos dos de los representantes mas conspicuos de Perú Libre, partido que desde el jueves último ya no tiene como militante al presidente Pedro Castillo, Waldemar Cerrón Rojas y Guido Bellido Ugarte, decidieron en el seno de la Comisión Permanente del Congreso, votar por el archivo del expediente. Hubo seis votos en contra y una abstención.
¿Y que argumentó Waldemar Cerrón Rojas, hermano de Vladimir Cerrón Rojas, secretario general perulubrista, parta evitar que la Fiscalía cumpla con su misión constitucional de investigar a Manuel Merino y a sus coacusados, el exjefe del Gabinete Ministerial Ántero Flores-Aráoz, y el exministro del Interior, Gastón Rodríguez Limo?
Estas son sus palabras: “Aquí en el Congreso efectivamente se puede realizar las denuncias, pero denuncias a los que corresponden, en su momento y en su espacio, No permitamos que se esté utilizando a estos jóvenes cubriendo y apoyando a las ONG. Espere que pensemos bien, como alguien dijo, si se va denunciar por éstas muertes, entonces hay que denunciar las 14 muertes (mineros informales) y otros en la región Junín”.
Y quienes son los congresistas que votaron por la exculpación de Merino? ¿Quién es el que se abstuvo y quienes son los votaron a favor?
La Comisión Permanente, con la conducción de la primera vicepresidenta, Lady Camones Soriano, aprobó, por mayoría, otros tres informes finales que recomiendan el archivamiento de cuatro denuncias constitucionales (DC).
En primera instancia se envió al archivo el informe final de la denuncia constitucional 186 (antes 364) contra el exfiscal supremo Tomás Gálvez Villegas formulada por la excongresista Carolina Lizárraga Houghton, por la presunta infracción constitucional de los artículos 139 (inciso 23), 39 y 44 de la Constitución Política.
Es declarada improcedente en concordancia con el principio Ne Bis In Idem administrativo, ya que la Junta Nacional de Justicia destituyó al exmagistrado, y no se puede imponer una sanción por el mismo hecho.
La votación fue de 27 votos favor, dos votos en contra y cero abstenciones.
El segundo informe final corresponde a la denuncia constitucional 190 (antes 374), denuncia formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra los excongresistas Javier Velásquez Quesquén y Marvin Palma Mendoza, por la presunta comisión del delito de tráfico de influencias agravado, tipificado en el artículo 400 del Código Penal.
La denuncia constitucional incluye al excontralor general Edgar Alarcón Tejada, por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio, tipificado en el artículo 393 del Código Penal, en agravio del Estado. Se concluye que no está probado los delitos que se imputan a los denunciados se recomienda su archivamiento. La votación fue de 20 votos a favor, seis votos en contra y una abstención.
El tercer informe final corresponde la denuncia constitucional 188 (antes 368), formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, contra el excongresista Héctor Becerril Rodríguez por la presunta comisión del delito de tráfico de influencias agravado, tipificado en el artículo 400 (segundo párrafo) del Código Penal. La votación fue de 20 votos a favor, siete votos en contra y una abstención.