domingo, mayo 18, 2025
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Nicanor Boluarte: ¿Cómo justifica Adrianzén la no inclusión del hermano de la presidente en la lista de los más buscados?

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Nicanor Boluarte: “No concurren los elementos suficientes” para el caso, argumentó el jefe del Gabinete

Nicanor Boluarte Zegarra, hermano mayor de la presidente Dina Boluarte, tiene desde el 19 de noviembre de 2024 orden de captura como consecuencia del mandato de detención preliminar por 36 meses dictado en su contra por el juez Richard Concepción Carhuancho.

Este miércoles, en la segunda conferencia de prensa del Ejecutivo del presente año, la periodista del diario La República  emplazó al presidente del Consejo de Ministros para que diga cuando se incluirá en la lista de los más buscados al prófugo de la justicia investigado por presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, en el marco de la carpeta fiscal Los Waykis en la Sombra.

¿Cuándo se va a incluir a Nicanor Boluarte en la lista de los más buscados teniendo en cuenta que ya pasó más de un mes que se encuentra prófugo de la justicia?, rezaba la pregunta de la representante de la prensa peruana dirigida al jefe del gabinete ministerial, Gustavo Adrianzén.

“No concurren los elementos suficientes para que aquellos se produzca”, fue la respuesta de Gustavoi Adrianzén sin explicar a que factores se refiere, máxime cuando la orden judicial de ubicación y captura del hermano de la presidente es de 19 de noviembre de 2024. Vea en video la intervención de Gustavo Adrianzén y luego lea la transcripción hecha por agendapais.com

Texto de la respuesta a la pregunta

“Mire usted, nosotros somos absolutamente respetuosos de la labor de investigación y búsqueda que están realizando los integrantes de la Policía Nacional del Perú”.

“Para la inclusión en la lista que usted refiere hay una serie de criterios que yo estoy seguro se están tomando en cuenta y si hasta este momento esa inclusión no se ha producido es porque no concurren los elementos suficientes para que aquellos se produzca”.

“Por otro lado, nosotros no personalizamos esta labor, nosotros entendemos que la Policía Nacional del Perú y el Ministerio del interior dictan políticas a nivel nacional para que esto se produzca no en cabeza de una persona en particular, sino de todas las personas que estén en esta condición”.

Nicanor Boluarte: “No concurren los elementos suficientes” para el procedimiento”, argumenta el jefe del Gabinete (Foto: PCM)
Nicanor Boluarte: “No concurren los elementos suficientes” para el procedimiento”, argumenta el jefe del Gabinete (Foto: PCM)

Hace 20 días, al ser consultado sobre el hermano de la presidente, Gustavo Adrianzén señaló que espera que “se resuelva en la instancia superior lo relativo a la apelación (a la orden de prisión preventiva por 36 meses) que se ha formulado”.

Plazo legal, no plazo razonable

En la conferencia de prensa, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén desestimó la existencia de un “plazo razonable” para la promulgación u observación del proyecto de ley aprobado en el Parlamento que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia.

Habló de un solo plazo, que es el plazo legal. “El plazo es el plazo legal, no hay plazo razonable, hay un solo plazo, ese plazo es el día 14. Yo le puedo asegurar que antes de esa fecha el Poder Ejecutivo se va a pronunciar respecto del proyecto de ley que usted ha referido”, refirió.

El proyecto

El proyecto de ley busca modificar las condiciones bajo las cuales se puede aplicar la detención preliminar en personas sospechosas de delitos graves, aun cuando no hayan sido sorprendidas en flagrante delito.

Esta propuesta ha generado un intenso debate en diversos sectores, que la consideran una herramienta para combatir la delincuencia, mientras que otros advierten posibles riesgos para los derechos fundamentales.

El 14 de diciembre, víspera del fin de la pasada legislatura, el Congreso con 79 votos a favor, 8 en contra y 0 abstencionesaprobó el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 9733, que propone restituir y modificar el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia.

Nicanor Boluarte. hace 24 dpias el Congreso aprobnó el proyecto de ley busca modificar las condiciones bajo las cuales se puede aplicar la detención preliminar (Foto: Congreso de la Repúbliva).
Nicanor Boluarte. hace 24 dpias el Congreso aprobnó el proyecto de ley busca modificar las condiciones bajo las cuales se puede aplicar la detención preliminar (Foto: Congreso de la Repúbliva).

La propuesta fue exonerada de segunda votación

“El juez de la investigación preparatoria, a requerimiento del fiscal, emite una resolución debidamente motivada, teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, y dicta mandato de detención preliminar cuando no se presente un supuesto de flagrancia delictiva, pero existan elementos razonables para considerar que una persona ha cometido un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a cuatro años y, por las circunstancias del caso, se presenten indicios razonables de posibilidad de fuga u obstaculización de la averiguación de la verdad”, señala el texto.

La iniciativa fue sustentada por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Isaac Mita Alanoca (PL).

Ruth Luque sostuvo que la propuesta recoge el consenso de todas las bancadas a fin de luchar contra la delincuencia en el país.

 

 

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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