Patricia Benavides: Sala consideró que suspensión resulta improcedente por archivamiento del caso
Patricia Benavides retomaría en las próximas horas sus funciones en el Ministerio Público como fiscal suprema titular, mas no así en el cargo de Fiscal de la Nación que ella ejercía hasta el día de su suspensión por parte de la anterior composición de la Junta Nacional de Justicia.
Este jueves la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que preside el juez supremo César San Martín Castro declaró improcedente la suspensión por 24 meses que había dictado el pasado 24 de junio el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria contra la exfiscal de la Nación Patricia Benavides.
La decisión de la Suprema se sustentó en que el Congreso archivó la denuncia constitucional en su contra, situación que hoy impide que proceda una medida cautelar sin autorización parlamentaria previa. Está fundamentada en dos aspectos centrales:
1.Al haberse declarado improcedente la denuncia constitucional contra Benavides por parte de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso el 25 de julio pasado, “no está expedita la persecución penal” contra la investigada.
“Toda medida que afecte el entorno jurídico de quien se encontraba preliminarmente investigada decae irremediablemente”, señala la resolución al tiempo de precisar que Patricia Benavides, al ser investigada por delitos presuntamente cometidos en el ejercicio de sus funciones, goza de la prerrogativa de acusación constitucional conforme al artículo 99 de la Constitución.

Esta protección establece que solo el Congreso puede levantar tal inmunidad mediante una resolución acusatoria de contenido penal, autorización que no se obtuvo tras el archivo a nivel del Congreso de la denuncia constitucional.
El segundo fundamento de la Corte Suprema se refiere a la imposibilidad de dictar medidas coercitivas en sede preliminar sin autorización expresa del Congreso cuando se trata de altos funcionarios públicos.
Los supremos precisaron que “no es posible, ante la falta de una habilitación expresa en sede preliminar, que se pida y se autorice una medida de suspensión temporal en el ejercicio del cargo” antes de que el Congreso habilite la formación de causa penal.
La resolución también abordó la singular situación de que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) había ordenado la reposición de Patricia Benavides como fiscal de la Nación en la misma fecha en que se solicitó su suspensión. Aunque reconocieron que materialmente no se ejecutó dicha reposición debido a la resistencia del Ministerio Público, los magistrados señalaron que “jurídicamente ya se la repuso” y que su reingreso es “imperativo” mientras no exista una decisión judicial en contrario.

“Con esto Patricia Benavides queda expedita para que se cumpla en la Fiscalía de la Nación la resolución de la JNJ que la repone en el cargo de fiscal suprema. Eso es lo que corresponde”, señaló el abogado de la exfiscal Jorge del Castillo.
“Espero, agregó, que no haya resistencia y que el Ministerio Público, encabezado por Delia Espinoza, acate la decisión judicial”.
En la misma resolución la Corte Suprema declaró infundado el recurso presentado por la fiscalía de la Nación a cargo de Delia Espinoza que pretendía ampliar la suspensión a 36 meses.
Benavides era investigada por los presuntos delitos de cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal con agravantes en agravio del Estado, todos relacionados con su presunta participación en una red criminal vinculada al caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
Versión del abogado Andía
En declaraciones al diario El Comercio, el abogado penalista Gilmar Andía sostuvo que la restitución de la fiscal Benavides responde principalmente a que la suspensión de sus funciones era una medida cautelar que dejó de tener sentido cuando “el Congreso de la República […] ha tomado la decisión de declarar la improcedencia de la denuncia constitucional”.
Andía consideró que, jurídicamente, el Poder Judicial y el Ministerio Público no tenían margen de acción para influir en la decisión de reponerla, pues “cualquier medida que cautele las investigaciones pues va a decaer”.
Respecto al cargo al que debe ser restituida Benavides, Andía indicó que no corresponde que se le restituya como fiscal de la nación, sino como fiscal suprema.
“Desde que la JNJ emitió su resolución, lo que correspondía era su reposición como fiscal suprema, la JNJ no tiene la posibilidad de reponerla como fiscal de la nación”. Aclaró, en esa línea, que el Poder Judicial no se pronunció sobre el fondo del asunto ni sobre si debe o no volver al cargo de fiscal de la Nación, sino que se limitó a declarar la inexistencia de impedimentos legales para su reposición jerárquica.
Además, Andía subrayó que la extensión o el reintegro al puesto de fiscal de la Nación no es un asunto automático, puesto que el plazo de ese cargo ya expiró. Explicó que “no puede haber una reposición de un periodo que ya se cumplió”.

