Teléfonos celulares: MINEDU también restringe el uso de móviles en el nivel de Educación Inicial

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Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttp://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.

Medida complementa el marco normativo previo dictado para los niveles de primaria y secundaria

Teléfonos Celulares. El Ministerio de Educación (MINEDU) emitió la Resolución Ministerial Nº 612-2026-MINEDU, mediante la cual se estableceformalmente la restricción del uso personal, recreativo o de carácter no pedagógico de teléfonos celulares por parte de los niños durante la jornada escolar en todas las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de Educación Inicial a nivel nacional.

La medida complementa el marco normativo previo dictado para los niveles de primaria y secundaria, cerrando el círculo en la educación básica regular para salvaguardar el desarrollo infantil temprano frente a la exposición desmedida a pantallas.

Medida complementa el marco normativo previo dictado para los niveles de primaria y secundaria, (Foto: internet).
previo dictado para los niveles de primaria y secundaria, (Foto: internet).

Ejes centrales de la normativa

La disposición ministerial dictada por el titular del sector detalla lineamientos específicos para proteger el entorno formativo de los menores de seis años:

  • Restricción de uso personal: Quedan prohibidas las llamadas, mensajería, juegos, uso de redes sociales, reproducción de contenidos, toma de fotografías o videos, así como cualquier otra actividad con teléfonos celulares que no responda a un fin estrictamente pedagógico.
  • Uso tecnológico excepcional: Los dispositivos distintos a los celulares solo podrán emplearse de manera excepcional y breve, bajo la mediación docente, con una intención educativa clara y complementaria al juego, la exploración, la interacción y el movimiento.
  • Excepciones justificadas: Se contempla el uso autorizado de teléfonos o herramientas tecnológicas cuando existan necesidades educativas específicas, barreras para el aprendizaje, condiciones de salud o discapacidad debidamente sustentadas.
  • Compromiso con las familias: Las escuelas e instituciones educativas promoverán activamente prácticas de uso responsable y saludable en el hogar, fomentando espacios libres de pantallas que prioricen la comunicación familiar, la lectura y la actividad física.

Implementación y gestión institucional

La norma dispone que las Direcciones Regionales de Educación (DRE), las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y cada centro educativo público o privado incorporen estas disposiciones en sus respectivos documentos de gestión, tales como el Reglamento Interno y el Plan Anual de Trabajo. Asimismo, la Dirección de Educación Inicial brindará la asistencia técnica necesaria para garantizar una correcta aplicación sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

 

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