Medida complementa el marco normativo previo dictado para los niveles de primaria y secundaria
Teléfonos Celulares. El Ministerio de Educación (MINEDU) emitió la Resolución Ministerial Nº 612-2026-MINEDU, mediante la cual se estableceformalmente la restricción del uso personal, recreativo o de carácter no pedagógico de teléfonos celulares por parte de los niños durante la jornada escolar en todas las instituciones y programas educativos públicos y privados del nivel de Educación Inicial a nivel nacional.
La medida complementa el marco normativo previo dictado para los niveles de primaria y secundaria, cerrando el círculo en la educación básica regular para salvaguardar el desarrollo infantil temprano frente a la exposición desmedida a pantallas.

Ejes centrales de la normativa
La disposición ministerial dictada por el titular del sector detalla lineamientos específicos para proteger el entorno formativo de los menores de seis años:
- Restricción de uso personal: Quedan prohibidas las llamadas, mensajería, juegos, uso de redes sociales, reproducción de contenidos, toma de fotografías o videos, así como cualquier otra actividad con teléfonos celulares que no responda a un fin estrictamente pedagógico.
- Uso tecnológico excepcional: Los dispositivos distintos a los celulares solo podrán emplearse de manera excepcional y breve, bajo la mediación docente, con una intención educativa clara y complementaria al juego, la exploración, la interacción y el movimiento.
- Excepciones justificadas: Se contempla el uso autorizado de teléfonos o herramientas tecnológicas cuando existan necesidades educativas específicas, barreras para el aprendizaje, condiciones de salud o discapacidad debidamente sustentadas.
- Compromiso con las familias: Las escuelas e instituciones educativas promoverán activamente prácticas de uso responsable y saludable en el hogar, fomentando espacios libres de pantallas que prioricen la comunicación familiar, la lectura y la actividad física.
Implementación y gestión institucional
La norma dispone que las Direcciones Regionales de Educación (DRE), las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y cada centro educativo público o privado incorporen estas disposiciones en sus respectivos documentos de gestión, tales como el Reglamento Interno y el Plan Anual de Trabajo. Asimismo, la Dirección de Educación Inicial brindará la asistencia técnica necesaria para garantizar una correcta aplicación sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.



