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ERM 2026: presidente de la República convoca a Elecciones Regionales y Municipales para el domingo 4 de octubre

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ERM 2026: gobernadores y consejeros regionales asi como alcaldes y regidores serán elegidos para el periodo 2027-2030

ERM 2026: De conformidad con el mandato constitucional, el presidente de la República convocó este miércoles 7, vía Decreto Supremo, a elecciones regionales y municipales para el domingo 4 de octubre de 2026 en todo el territorio de la República peruana. Vea el Decreto supremo de convocatoria:

Las elecciones regionales permitirán elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao y las municipales  a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República, para el domingo 4 de octubre de 2026.

ERM: Hoy es la fecha límite para que las organizaciones políticas logren su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (Foto: ONPE).
ERM: Hoy es la fecha límite para que las organizaciones políticas logren su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (Foto: ONPE).

Cronograma electoral

Hoy 7 de enero de 2026 es el día límite para la convocatoria oficial y el cierre de inscripción de organizaciones políticas.

Los detalles

1.Etapa de Preparación y Padrón (Enero – Abril 2026)

7 de enero: Fecha límite para la convocatoria a elecciones (cumplido hoy con el D.S. N.º 001-2026-PCM) y fecha límite para que las organizaciones políticas logren su inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

17 de enero: Fecha límite para solicitar la inscripción de alianzas electorales.

16 de febrero: Fecha límite para que las alianzas electorales logren su inscripción definitiva.

7 de abril: Cierre del padrón electoral. A partir de este día, ya no se consideran cambios de domicilio en el DNI para efectos de la votación de octubre.

  1. Elecciones Primarias (Mayo 2026)

17 de mayo: Elecciones Primarias (Primera fecha). Según la modalidad elegida por cada partido (un afiliado un voto o mediante delegados).

24 de mayo: Elecciones Primarias (Segunda fecha). Complementación del proceso de democracia interna.

  1. Inscripción de Candidatos y Tachas (Junio – Septiembre 2026)

15 de junio: Fecha límite para la presentación de listas de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales (JEE).

3 de agosto: Fecha límite para la publicación de las listas admitidas (luego de pasar el periodo de tachas y exclusiones).

4 de septiembre: Fecha límite para la exclusión de candidatos por situación jurídica o entrega de dádivas, y para la renuncia de candidatos.

  1. Jornada Electoral y Post-Elección

4 de octubre: Día del sufragio. Las mesas de votación operarán en todo el país.

Noviembre 2026: Posible Segunda Vuelta Regional (solo para Gobernadores, si ninguno alcanzó el 30% de votos válidos).

1 de enero de 2027: Asunción de mando de las nuevas autoridades regionales y municipales para el periodo 2027-2030.

ERM: Las elecciones regionales permitirán elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República (Foto: ONPE).
ERM: Las elecciones regionales permitirán elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República (Foto: ONPE).

Bases Legales de la Convocatoria 2026

El sustento jurídico para este llamado a las urnas se basa en los siguientes pilares: Constitución Política del Perú:  Art. 118, numeral 5: Atribución del Presidente para convocar a elecciones. Art. 191: Establece la elección de gobernadores y vicegobernadores por un periodo de 4 años. Art. 194: Define la elección de alcaldes y regidores por sufragio directo cada 4 años.

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Ley N.º 29158): Faculta al mandatario a convocar procesos para autoridades regionales y municipales.

Ley de Elecciones Regionales (Ley N.º 27683): Artículos 4, 5 y 8, que regulan la simultaneidad de los comicios y el periodo de mandato.

Ley de Elecciones Municipales (Ley N.º 26864): Artículos 1 y 3, que precisan que la convocatoria debe hacerse con una anticipación no menor a 270 días calendario.

Reseña Histórica de las Elecciones Municipales

Históricamente, los alcaldes eran designados por el gobierno de turno. Esto cambió en 1963 bajo el gobierno de Fernando Belaúnde Terry, pero el proceso se interrumpió por el gobierno militar (1968-1980).

Con el retorno a la democracia (1980), se retoman las elecciones municipales.

Periodicidad: Inicialmente eran cada 3 años; tras la Constitución de 1993 y reformas posteriores, el periodo se extendió a 4 años.

Reelección: Actualmente, existe la prohibición de reelección inmediata para alcaldes.

Dato Histórico de las Elecciones Regionales

Son mucho más recientes en nuestra historia republicana, como parte del proceso de descentralización:

Primeras Elecciones (2002): Se realizaron las primeras elecciones regionales para elegir a los entonces llamados «Presidentes Regionales».

Evolución: En 2015, el cargo cambió de denominación a Gobernador Regional.

Segunda Vuelta: A diferencia de las municipales, en las regionales existe la cifra repartidora y la posibilidad de una segunda vuelta si ningún candidato supera el 30% de votos válidos.

 

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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