Prórroga la suspensión del cobro de costos institucionales a los gobiernos locales por la prestación de Servicios Policiales Extraordinarios
Mininter. Mediante la Resolución Ministerial Nº 0734-2026-IN, el Sector Interior suspendió el cobro de tasas administrativas a los gobiernos locales por el uso de personal policial en situación de franco o vacaciones. . La medida busca evitar el repliegue de los efectivos en las calles en pleno auge de la criminalidad organizada.
En un contexto nacional donde la seguridad ciudadana se ha consolidado como la principal demanda de la población y el eje crítico de la agenda política, el Poder Ejecutivo decidió mover sus piezas en el tablero normativo para evitar el colapso de las estrategias de vigilancia distrital.
El Ministerio del Interior (Mininter), bajo la conducción del ministro José Mercedes Zapata Morante, publicó la RM que prórroga la suspensión del cobro de costos institucionales a los gobiernos locales por la prestación de Servicios Policiales Extraordinarios destinados al patrullaje integrado.
La medida establece que las municipalidades provinciales y distritales de todo el país quedarán eximidas de pagar la tasa administrativa de S/ 6.53 por hora a la Policía Nacional del Perú (PNP) por cada efectivo que incorporen a sus labores de serenazgo en condición de franco, permiso o vacaciones.
Esta exoneración técnica estará vigente de manera ininterrumpida hasta el 31 de diciembre de 2026, lo que representa un alivio financiero directo para las arcas municipales en el presente año fiscal.

El origen de la traba económica
Para comprender el impacto de esta resolución es necesario retroceder al año 2019. Mediante la Resolución Ministerial Nº 1191-2019-IN, el sector estableció un tarifario destinado a cubrir los gastos logísticos y operativos en los que incurría la PNP cuando sus miembros prestaban servicios a entidades públicas o privadas fuera de su horario regular.
Si bien el espíritu original de la norma era regularizar y ordenar estos ingresos institucionales, en la práctica se convirtió en una barrera económica infranqueable para los distritos con menores recursos y baja recaudación de arbitrios.
Las municipalidades no solo debían asumir la entrega económica directa al efectivo policial por su tiempo de servicio extraordinario, sino que se veían obligadas a transferir un porcentaje adicional al pliego del Mininter. Ante este escenario de asfixia presupuestal, muchos alcaldes optaron por reducir o cancelar los convenios de patrullaje integrado, dejando los vehículos de serenazgo sin el respaldo de un agente uniformado con capacidad de arresto y uso de la fuerza.
Con el objeto de superar este impase, el Mininter inició una serie de suspensiones temporales. La exoneración se aplicó primero en mayo de 2023, se replicó mediante prórrogas consecutivas en mayo de 2024 y febrero de 2025, y finalmente se ha extendido para todo el ejercicio fiscal de 2026 basándose en los informes técnicos de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y el Estado Mayor General de la PNP.
Análisis de la viabilidad técnica y el impacto en las calles
El Informe Nº 000310-2026-IN-VSP-DGSC, elaborado por el Viceministerio de Seguridad Pública, advierte que la eliminación temporal de este cobro administrativo es una herramienta que dinamiza la cooperación interinstitucional. Al abaratar el costo de la contratación del personal policial, los gobiernos subnacionales se encuentran en una posición financiera mucho más favorable para incrementar la densidad y frecuencia de las rondas mixtas en las zonas de alta incidencia delictiva.
Desde una perspectiva de gestión, la norma no altera la naturaleza civil ni las funciones esenciales de la Policía Nacional establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1267. Por el contrario, optimiza el uso del capital humano disponible. El patrullaje integrado permite que el binomio «sereno-policía» actúe con mayor legitimidad legal: el sereno aporta el conocimiento logístico del territorio y el vehículo municipal, mientras que el policía provee el marco de autoridad jurídica necesario para intervenir a sospechosos, registrar identidades y proceder a la detención en flagrancia.
La prórroga hasta diciembre de 2026 es una respuesta paliativa sumamente necesaria pero pone en evidencia la falta de una reforma estructural de fondo. El hecho de que el sector Interior tenga que recurrir de forma sistemática y anual a «suspensiones de cobros» demuestra que la ley matriz de 2019 colisiona con la realidad económica de los municipios peruanos, los cuales, en su gran mayoría, dependen del Fondo de Compensación Municipal (Foncomun) y carecen de autonomía para sostener gastos administrativos adicionales en seguridad.

Monitoreo técnico y proyecciones hacia el cierre de 2026
La resolución de Zapata Morante no extiende un cheque en blanco sin condiciones. El artículo 1 del dispositivo legal estipula con precisión que la Dirección General de Seguridad Ciudadana, en estrecha coordinación con los altos mandos de la Policía Nacional, tendrá la obligación de presentar un informe técnico detallado al término del año fiscal 2026.
Este documento final evaluará de manera cuantitativa si la exoneración del cobro se tradujo efectivamente en un aumento real de horas de patrullaje en las calles y si tuvo un impacto directo en la reducción de los índices de victimización a nivel nacional.



