jueves, abril 24, 2025
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Derrame de petróleo afectó 228 hectáreas entre la Refinería Talara y  la playa Cabo Blanco

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Derrame de petróleo recién fue advertido por Petroperú al día siguiente de la emergencia

Derrame de Petróleo. Informes oficiales dados a conocer este miércoles revelaron que el derrame de petróleo ocurrido en el mar el pasado 21 afectó 228.74 hectáreas respectivamente, desde la Refinería Talara hasta la playa Cabo Blanco, jurisdicción del departamento de Piura.

“Se ha identificado áreas con presencia de hidrocarburos en las zonas intermareal y de la zona submareal de 47,14 y 228,74 hectáreas (ha) respectivamente, desde la Refinería Talara hasta la playa Cabo Blanco, abarcando formaciones costeras de los distritos de Pariñas, Lobitos y El Alto, de la provincia de Talara, donde se evidenció organolépticamente presencia de hidrocarburos, en agua de mar y sedimentos, así como la afectación de fauna marina; y que además constituye un alto riesgo de exposición de este contaminante a la población”.

Derrame de petróleo ocurrido en el mar el pasado 21 afectó 228.74 hectáreas respectivamente, desde la Refinería Talara hasta la playa Cabo Blanco (Fuente: El Peruano).
Derrame de petróleo ocurrido en el mar el pasado 21 afectó 228.74 hectáreas respectivamente, desde la Refinería Talara hasta la playa Cabo Blanco (Fuente: El Peruano).

El Informe Nº 00159-2024-MINAM/VMGA/DGCA elaborado por la Dirección General de Calidad Ambiental, forma parte de los considerandos de la Resolución Ministerial Nº 00443-2024-MINAM, por la que el Sector del Ambiente determinó declarar en Emergencia Ambiental el área geográfica afecta por un plazo de noventa (90) días hábiles, al tiempo de aprobar un Plan de Acción Inmediato y a Corto Plazo

En base a la información, así como las coordinaciones efectuadas con las entidades competentes, la Dirección General de Calidad Ambiental, determinó que al haberse suscitado un derrame de hidrocarburos, este puede estar compuesto por parámetros como Hidrocarburos Totales de Petróleo (TPH) e Hidrocarburos Aromáticos, los cuales son parámetros indicadores básicos establecidos en el Reglamento de la Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental.

El inorme sobre el derrame de petróleo  indica que se corroboró la ocurrencia de un evento súbito que generó la emisión y/o vertimiento de sustancias peligrosas, por el derrame de hidrocarburos suscitado en las líneas submarinas del Terminal Multiboyas de Refinería Talara, en el distrito de Pariñas, provincia Talara, departamento Piura-.

“No se evidencia instrumentos de gestión ambiental que involucren planes de recuperación del área de evaluación de la Declaratoria de Emergencia Ambiental”, agrega para luego señalar que “adicionalmente se registró el impacto en el polígono Cabo Blanco – El Ñuro, por la presencia hidrocarburos en la superficie del mar, y en la orilla del sur de la playa Batería Peña Negra de la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau (RNMTG)”.

Ante estas circunstancias, los representantes del OEFA y las entidades comprometidas del Estado, validaron las acciones contenidas en la propuesta del Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo por un plazo de noventa (90) días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental.

Estas entidades son:  Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP,  Autoridad Nacional del Agua – ANA,  Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de Salud, Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, Ministerio de la Producción, Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES.

También Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura – SANIPES, Instituto del Mar del Perú – IMARPE, Dirección General de Capitanías y Guardacostas – DICAPI,  Autoridad Portuaria Nacional – APN, del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, Gobierno Regional de Piura y Petroperú S.A.;

El objetivo de la Declaratoria de Emergencia Ambiental es garantizar el manejo sostenible de la zona afectada, realizando los correspondientes trabajos de recuperación y remediación para mitigar la contaminación ambiental, a fin de proteger la salud de la población;

Con la declaratoria de la emergencia Ambiental quedó aprobado el Plan de Acción Inmediato y a Corto Plazo así como su ejecución de acuerdo a las indicaciones señaladas en el anexo adjunto:

OEFA,  medidas

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), entidad adscrita al Ministerio del Ambiente, dictó medidas administrativas de cumplimiento inmediato a la empresa Petróleos del Perú (Petroperú S.A.), con finalidad de prevenir daños acumulativos o de mayor gravedad que repercutan en la salud de las personas, agua, sedimentos y fauna marina.

Estas son las medidas:

  • Identificar y controlar la fuente del derrame de hidrocarburo, en un plazo máximo de tres (3) días calendario
  • Identificar las zonas afectadas por el desplazamiento del hidrocarburo derramado, en un plazo máximo de tres (3) días calendario
  • Realizar la contención y recuperación del total de hidrocarburo identificado en la zona intermareal y submareal afectada por el derrame de hidrocarburo, en un plazo máximo de cinco (5) días calendario
  • Realizar la limpieza del área total afectada por el derrame de hidrocarburo, en un plazo máximo de quince (15) días calendario.
  • Realizar el adecuado almacenamiento de los residuos generados como resultado de la recuperación y limpieza del área total afectada por el derrame de hidrocarburos, en un plazo máximo de veinte (20) días calendario
  • Realizar el transporte y la disposición final de los residuos generados como resultado de la recuperación y limpieza del área total afectada por el derrame de hidrocarburo, en un plazo máximo de quince (15) días calendario
  • En caso de que la empresa no cumpla con las medidas dictadas, el OEFA efectuará las acciones administrativas, civiles y penales correspondientes. Además, informará oportunamente los resultados de las acciones de campo que está realizando, reafirmando su compromiso con la fiscalización ambiental y la responsable labor supervisora y sancionadora.

 

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
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