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Fonavi: Nueva lista saldrá a fines de año o en enero de 2025

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Fonavi: A la fecha se han publicado 20 listados de beneficiarios exaportantes

Fonavi alista una nueva lista de beneficiarios para la devolución de aportes para fines de este año o en los primeros meses del 2025, adelantó el jefe la Unidad de Asesoría Jurídica de la secretaría técnica del Fonavi, Pablo Ernesto Palacios Delgado.

“Lo más probable es que a fines de este año o comienzos del 2025 se publique una nueva lista de beneficiarios con aquellos exaportantes que hasta el momento no han formado parte de una lista”, declaró a el funcionario.

No obstante, precisó,  que ese tema será definido por la comisión ad hoc, encargada de la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

A la fecha se han publicado 20 listados de beneficiarios exaportantes y este año dos listados para el pago de reintegros. En este momento la comisión ad hoc atendiende a los beneficiarios de la lista 2 de reintegros en la red de agencias del Banco de la Nación (BN).

Fonavi: Nueva lista saldrá a fines de año o en enero de 2025 (Foto: Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú).
Fonavi: Nueva lista saldrá a fines de año o en enero de 2025 (Foto: Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú).

Nuevos beneficiarios

Esta nueva lista no sería para un reintegro, sino que comprendería a aquellas personas que hasta el momento no han formado parte de ninguna lista de devolución de aportes.

De este modo, se elaboraría la lista 21 para la devolución a los exfonavistas que no han formado parte de ninguna de las listas anteriores.

Comentó que hay muchas personas que aún no han salido en las listas de devolución debido a que el monto a devolver es muy bajo. Explicó que por es6ta razón se espera información complementaria de las empresas en las que laboraron, lo que justificaría más aportes y, con ello, un mayor monto de devolución.

En este caso, los beneficios públicos están obligados a enviar información, pero en el caso de los beneficios privados es complicado porque en algunos casos han salido del mercado.

“En algún momento la comisión ad hoc va a tener que tomar una decisión sobre estos casos, lo que será comunicado oportunamente”, aseveró Palacios Delgado.

Consumo

Por otro lado, Palacios resaltó que el cobro de estos aportes incide de manera directa en el aumento del consumo de las familias beneficiarias.

“Sin duda, el dinero que reciben los exaportantes se va a poner una circular casi de inmediato. Muchos lo destinarán al pago de medicinas, al pago de deudas oa sus gastos diarios”, comentó.

Por ello, considera que lo más probable es que la devolución de estos aportes tenga un impacto positivo en la economía nacional, aunque no sea muy significativo.

Hay que tener presente que para el segundo grupo de reintegro, cuya devolución está en proceso, se han destinado 519 millones 291,004.31 soles.

Congreso aprueba ley que garantiza devolución del dinero de exfonavistas Foto; (Asociación Nacional de Fonavistas)
Congreso aprueba ley que garantiza devolución del dinero de exfonavistas Foto; (Asociación Nacional de Fonavistas)

Lo que debe saber todo fonavista

Se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios. La consulta debe ser realizada sólo por el Fonavista Titular o por sus herederos, en caso de fallecimiento.

Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Primer al Vigésimo Grupo de Pago, del Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024) y del Segundo Grupo de Reintegro (agosto 2024), del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/

La publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por cuarenta y cinco (45) días calendarios, plazo en el cual si hubiera oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho como heredero, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición.

Una vez finalizado el periodo de presentación de la oposición, existe un periodo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, para la generación de la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de presentación de la oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.

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