MTC: Castillo Gallegos ocupaba el mismo cargo, pero en otro periodo, cuando se produjo el choque de una bomba con un avión de Latam en 2022
MTC. El Gobierno, a través de una Resolución Suprema del Sector Transportes y Comunicaciones, destituyó este lunes del cargo de director de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) a Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos, por deficiencia en la gestión presupuestal y de proyectos de inversión de la dependencia a su cargo.

Cargos o motivos de deficiente gestión
Estos son los motivos por los cuales sale de la DGAC, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la resolución publicada hoy lunes.
- Deficiente Gestión Presupuestal y Baja Ejecución
Baja Ejecución Presupuestal General: La DGAC registra la ejecución más baja de las Direcciones de línea del Viceministerio de Transportes, con solo el 36% de los recursos asignados al 15 de noviembre de 2025.
Deficiencia en la Gestión: La baja ejecución presupuestal es catalogada como un indicador de deficiencia de gestión que impacta la política sectorial, el cumplimiento de objetivos institucionales y riesgos operativos en proyectos estratégicos.
Incumplimiento de Metas: El bajo porcentaje de ejecución refleja el incumplimiento de metas al cierre del ejercicio fiscal 2025.
- Desfases y Retrasos en Proyectos de Inversión
Desfase Programación vs. Ejecución: Se identificaron desfases entre la programación financiera y la ejecución real en diversos proyectos de inversión de la infraestructura aeroportuaria, lo que compromete los objetivos.
Retraso en Proyectos Estratégicos: La gestión se evidencia con retraso considerable en el desarrollo de proyectos de inversión a cargo de la DGAC.
- Casos Específicos de Deficiencia y Nula Ejecución
Se citan ejemplos concretos donde hubo una gestión presupuestal ineficiente:
ProyectoProblema EspecíficoIndicadorAeródromo de YurimaguasDemora no acreditada en la convocatoria del concurso público para la supervisión de la obra, lo que retrasó el inicio de la ejecución.Nula ejecución presupuestal (0%) a pesar de que el presupuesto (PIM) se incrementó de S/ 11.8 millones a más de S/ 31 millones.Aeropuerto Internacional de ChincheroDeficiente gestión tanto en la programación presupuestal como en la ejecución.Ejecución de 35.5% a pesar de que la programación presupuestal fue reducida en casi el 50% a inicios de 2025.Otros Proyectos (Juanjuí, Andahuaylas)Financiamiento o incremento de presupuesto (PIM) sin que este refleje la ejecución programada, siendo recursos que pudieron destinarse a otras inversiones.Ejecución mínima o casi nula a pesar de grandes incrementos presupuestales.
Aeródromo de Yurimaguas: Demora no acreditada en la convocatoria del concurso público para la supervisión de la obra, lo que retrasó el inicio de la ejecución. Nula ejecución presupuestal (0%) a pesar de que el presupuesto (PIM) se incrementó de S/ 11.8 millones a más de S/ 31 millones.
Aeropuerto Internacional de Chinchero: Deficiente gestión tanto en la programación presupuestal como en la ejecución. Ejecución de 35.5% a pesar de que la programación presupuestal fue reducida en casi el 50% a inicios de 2025.
Otros Proyectos (Juanjuí, Andahuaylas): Financiamiento o incremento de presupuesto (PIM) sin que este refleje la ejecución programada, siendo recursos que pudieron destinarse a otras inversiones. Ejecución mínima o casi nula a pesar de grandes incrementos presupuestales.

Sin sanción
La remoción en el puesto, precisa la resolución gubernamental, no tiene carácter ni efecto sancionatorio y/o disciplinario, por lo que técnicamente no se trata de «faltas administrativas» en el sentido de un proceso disciplinario, sino de causales de deficiente gestión que motivan la conclusión de su nombramiento.
“El Informe N° 2358-2025-MTC/08 precisa que la remoción señalada no tiene carácter ni efecto sancionatorio y/o disciplinario, por lo que no constituye una destitución ni despido, ni acarrea la inhabilitación para el ejercicio de la función pública, así como tampoco genera la inscripción en el Registro Nacional de Sanciones Contra Servidores Civiles – RNSSC, siendo que la presente resolución, solo determina la conclusión del nombramiento del señor Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos en el cargo de Director General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, precisa la norma.
Conclusión
La causal de remoción se basa en la evidencia de una gestión deficiente en la Dirección General de Aeronáutica Civil, manifestada por la baja ejecución presupuestal (36% al 15 de noviembre) y los retrasos significativos en proyectos estratégicos, lo cual compromete el cumplimiento de los objetivos institucionales y la idónea conducción del órgano.

Antecedentes
El 6 de diciembre del año pasado este funcionario, Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos, había recibido la renovación en el cargo por parte de Dina Boluarte y antes, el 20 de marzo del 2024, el MTC a través del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), determinó su nombramiento como presidente del directorio de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac).
Además, Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos, ocupaba la dirección de la DGAC cuando se produjo el fatídico accidente aéreo entre una bomba y un avión de Latam en la pista de aterrizaje del aeropuerto Jorge Chávez, el 18 de noviembre de 2022.
Tuvo un papel institucional y regulatorio, debido a que la DGAC es la entidad encargada de fiscalizar el cumplimiento de las normas de aviación civil y la seguridad operacional en el país.
Su nombre surgió en el contexto del accidente por lo siguiente:
Coordinación y Control: Tras el incidente, él confirmó públicamente que los ejercicios de simulacro de los bomberos (como el que realizaba la autobomba) suelen ser programados y controlados con una coordinación estrecha entre el personal involucrado.
Investigación y Responsabilidad: En su calidad de Director de la DGAC, brindó declaraciones sobre el suceso, señalando que la responsabilidad principal recaía en los operadores de tráfico aéreo que se encontraban en la torre de control.
Exención de Protocolo: Se reveló que, como parte de la DGAC, él había estado involucrado en la respuesta a un pedido de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC), concediendo una exención para que los controladores aéreos trabajaran sin el protocolo completo para prevenir la fatiga (aunque esta exención se concedió cerca de un año antes del accidente y luego se renovó, siendo un factor investigado posteriormente en relación con las condiciones laborales y la cadena de mando).
Nueva directora
En una Resolución Suprema aparece publicada la designación de la señora Paola Mariella Marín Ugarte en el cargo de Directora General de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Ocupó, anteriormente el cargo de Directora de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ.

Conforme al numeral 8.3 del artículo 8 de Ley General de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil está a cargo de un Director General designado mediante Resolución Suprema por un periodo de 4 (cuatro) años, renovable por idénticos periodos.

