Pedro Castillo: la Sala le espera este martes, de lo contrario la jueza dispondrá su concurrencia obligatoria
Pedro Castillo. Según los informes médicos (del personal de INPE y médicos legislas solicitados por el Ministerio Publico), dados a conocer en la Audiencia del viernes 14, Pedro Castillo “ha sido dado de alta” del proceso convaleciente en el que se encontraba, ha levantado su huelga de hambre, se encuentra hemodinámicamente estable, pero se encuentra en reposo”.
Horas después del anuncio de los miembros de la Sala que lo juzga por la intentona golpista del 7 de diciembre, Pedro Castillo a través de sus abogados negó que haya levantado la huelga aunque aclaró que ésta seguirá. “No he levantado mi huelga de hambre seca. Sigo firme resistiendo esta farsa judicial y la persecusión política. No claudicaré porque mi lucha es con el Perú profundo”, expresó.
Mas allá del deterioro que experimenta su salud, en este caso por mantener su medida de protesta contra, lo que el considera un “juicio parcializado”, Pedro Castillo está obligado a comparecer este martes 17.

“Se dispone que el director de este establecimiento penitenciario Barbadillo) concurra a la celda del señor Castillo Terrones para indicarle, en el marco de su reposo, si desea comparecer a esta Audiencia el martes se dispondrá su concurrencia obligligatgoria a ésta Sala de Audiencias”.
Vea en video parte de la Quinta Audiencia realizada el pasado viernes en la que se escuchó decir lo siguiente:
“El día de ayer levantó su huelga de hambre tras ser dado de alta ingiere una dieta blanda, se encuentra convaleciente tras la descompensación (por falta de consumo de alimentos).
“Se encuentra estable y hemodinámicamente estable. Paciente convaleciente, clínica y hemodinámicamente estable”.
“Señora directora de debates, hace un momento me comuniqué con el señor Sandoval Moreno, director del establecimiento penal de Barbadillo, quien informó que el procesado Castillo Terrones
el día de ayer había recibido dieta blanda consistente en sopa. A la fecha se encuentra en recuperación”.
“Se concluye luego del examen que el interno se encuentra hemodinámicamente estable y sin signos de deshidratación, se constata que el interno no suscribe por yacer en cama… la evaluación que el paciente se encuentra convaleciente, clínica y hemodinámicamente estable. Señala también que el día de ayer 13 de marzo levantó su huelga de hambre tras ser dado de alta ingiere una dieta blanda se encuentra convaleciente tras la descompensación, se encuentra estable y hemodinámicamente estable.
El paciente interno ha sido examinado. Y concluye que se encuentra hemodinámicamente estable, examinado en su celda. Y se constata que no suscribe por estar en reposo.
“El interno se encuentra plenamente estable y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 359, inciso cuatro, se puede llevar a cabo la audiencia sin problema alguno”.
“En este orden de ideas y coherente con lo que se resolvió el día de ayer, tenemos que el inciso cuatro del artículo 359 señala que si el acusado que ha prestado su declaración, el juicio o cuando le correspondiera se acoge el derecho al silencio, deja de asistir a la audiencia, ésta continuará sin su presencia y será representado por su abogado defensor en atención a las circunstancias particulares que se han dado cuenta. La sala resuelve llevar a cabo la audiencia con la presencia de su abogado defensor. Hemos dispuesto que se lleve a cabo la audiencia de hoy con presencia del abogado defensor.”.