martes, abril 21, 2026
InicioActualidadAdrián Villar: juez dictó 9 meses de prisión preventiva contra autor de...

Adrián Villar: juez dictó 9 meses de prisión preventiva contra autor de atropello y muerte de Liseth Marzano

Suscríbase en nuestro boletín y reciba cada día un resumen de noticias en tu correo electrónico.

Adrián Villar: juez consideró que no se trató de un simple accidente, sino de una cadena de conductas negligentes 

Adrián Villar Chirinos, de 21 años, será procesado bajo mandato de prisión preventiva por el presunto delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio culposo por atropellar y provocar la muerte de Lizeth Catherine Marzano Noguera. También será procesado por delito de omisión de socorro y por delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de fuga del lugar del accidente de tránsito.

El  juez Adolfo Farfán, del 33.° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima,  decidió declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva  de 9 meses en  contra de Viller Chirinos postulado por el Ministerio Público Primera Fiscalía Corporativa Penal en San Isidro, Lince,

Las partes procesales declararon su conformidad con la decisión, salvo la Defensa Técnica del imputado que interpuso Recurso de Apelación. “Señor juez, solicitamos la entrega inmediata de copia de la resolución completa que usted ha leído para poder sustentar la apelación”, se escucho decir al abogado César Nakasaki.

La resolución del magistrado confirma qué la aceptación de cargos de manera tardía no evita que un imputado, como en este caso, termine en prisión, lo que significa que,

La Confesión no es un «Pase Libre»

Aunque Villar Chirinos reconoció haber atropellado a Liseth Marzano, el juez Adolfo Farfán evaluó los peligros procesales. El reconocimiento de los hechos ayuda en la sentencia final (reduciendo un porcentaje de la pena), pero para la prisión preventiva lo que se evalúa es si hay riesgo de fuga o si el delito es lo suficientemente grave como para asegurar la presencia del imputado en la cárcel mientras dura el juicio.

Adrián Villar: Juez Adolfo Farfán, del 33.° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima (Captura. Justicia TV).
Adrián Villar: Juez Adolfo Farfán, del 33.° Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima (Captura. Justicia TV).

Agravantes que anularon el beneficio

El juez tomó en cuenta que no se trató de un simple accidente, sino de una cadena de conductas negligentes y delictivas:

Omisión de socorro: No se detuvo a auxiliar a la víctima.

Fuga del lugar: Intentó evadir la justicia desde el primer momento.

Obstaculización: Estas acciones iniciales demostraron que el imputado no tenía intención de colaborar con la ley hasta que se vio acorralado por las pruebas.

El factor del «Peligro de Fuga»

A pesar de que el abogado César Nakasaki intentó argumentar arraigos (domicilio, trabajo, familia), el magistrado consideró que el comportamiento de Villar Chirinos tras el accidente (escapar) es un indicador claro de que, en libertad, podría volver a evadir el proceso. El reconocimiento de culpa en la audiencia fue visto más como una estrategia legal de última hora que como un acto de arrepentimiento genuino que eliminara el riesgo de fuga.

ImagenAdrian Viller: La resolución del magistrado confirma qué la aceptación de cargos de manera tardía no evita que un imputado, como en este caso, termine en prisión (Captura: Justicia TV).
Adrian Viller: La resolución del magistrado confirma qué la aceptación de cargos de manera tardía no evita que un imputado, como en este caso, termine en prisión (Captura: Justicia TV).

La Pena Probable

Para dictar prisión preventiva, la prognosis de la pena debe ser superior a los 5 años de cárcel. Al sumarse los delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga, la sumatoria de penas hace casi inevitable que la sentencia final sea de carácter efectivo (cárcel real), lo que justifica mantenerlo encerrado mientras se dicta el fallo definitivo.

Ahora, como la defensa de Villar ha apelado, corresponderá a una instancia superior revisar si los 9 meses son proporcionales o si el joven puede llevar el proceso bajo comparecencia restringida (en libertad con reglas).

Lo que viene

En una apelación de este tipo, la defensa técnica —en este caso liderada por un abogado de amplia trayectoria como César Nakasaki— no suele enfocarse en discutir si el cliente es culpable o no (ya que ya hubo un reconocimiento de hechos), sino en atacar la necesidad de la prisión preventiva.

Son tres frentes de ataque lo que probablemente use la defensa para intentar que Adrián Villar afronte el juicio en libertad (bajo comparecencia restringida):

Cuestionamiento del Peligro de Fuga (Arraigos)

Este es el punto más fuerte que intentará probar la defensa. Buscará demostrar que Villar no tiene intención de escapar mediante:

Arraigo Domiciliario: Probar que tiene una residencia fija y conocida en Lima.

Arraigo Familiar: Demostrar vínculos familiares sólidos (padres, hermanos, etc.) que lo retienen en el país.

Arraigo Laboral o Académico: Presentar constancias de estudios o trabajo actual que demuestren que tiene una «vida organizada» que no abandonaría.

Adrianj Villar. Aunque Villar Chirinos reconoció haber atropellado a Liseth Marzano, el juez Adolfo Farfán evaluó los peligros procesales.
Adrianj Villar. Aunque Villar Chirinos reconoció haber atropellado a Liseth Marzano, el juez Adolfo Farfán evaluó los peligros procesales.

La «Confesión Sincera» como Factor de Colaboración

Aunque el juez de primera instancia no le dio peso suficiente para evitar la prisión, la defensa argumentará ante la Sala Superior que el hecho de haber reconocido su culpabilidad en la audiencia demuestra una voluntad de someterse a la justicia.

La Defensa argumentará que alguien que quiere fugar no acepta su responsabilidad ante un juez.

Sostendrá que su confesión agiliza el proceso (economía procesal), por lo que no es necesario mantenerlo preso para asegurar que el juicio avance.

Falta de Proporcionalidad

La defensa alegará que la prisión preventiva es la «última ratio» (el último recurso). Argumentará que el juez pudo haber dictado medidas menos severas pero igual de efectivas, como: impedimento de salida del país, pago de una caución económica (fianza) elevada, vigilancia electrónica (grillete) o arresto domiciliario y prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo.

El factor de la «Fuga inicial» vs. «Entrega posterior»

Es probable que el abogado Nakasaki intente matizar el hecho de que Villar huyó de la escena. Podrían argumentar que fue una reacción de pánico o shock post-traumático de un joven de 21 años, pero que al presentarse luego a las diligencias y reconocer el delito, ese «peligro de fuga» inicial ya desapareció.

¿Qué puede pasar en la apelación?

La Sala Penal Superior tiene tres opciones:

Confirmar: Mantener los 9 meses de prisión.

Revocar: Darle libertad bajo reglas de conducta estrictas (comparecencia).

Reducir: Mantener la prisión pero por menos tiempo (por ejemplo, 6 meses).

El detalle

En el sistema peruano, los casos de homicidio culposo con fuga suelen ser castigados con dureza por la presión social y la clara intención de evadir la ley en el momento más crítico.

Lea también en agendapais:
Lizeth Marzano: ¿Qué busca Adrián Villar al responder al juez que su cabeza le decía que pare y que su cuerpo no obedecía?

Elí Joacim del Aguila Tuanama
Elí Joacim del Aguila Tuanamahttps://www.agendapais.com
Periodista, con experiencia en el manejo de medios de comunicación masivos, respaldados por 31 años consecutivos de ejercicio periodístico en Radioprogramas del Perú, RPP (donde ejerció cargos jefaturales desde 1995 hasta el 2013) y siete años como director del periódico digital Agenda País.
RELATED ARTICLES

Más popular

Comentarios recientes