Desde el 27 de julio del 2021, la Ley N° 31317 incorpora al profesional en enfermería en la comunidad educativa. Este proceso será implementado de forma progresiva, en un período de cinco (5) años, conforme a la programación y disponibilidad presupuestal del Ministerio de Educación.
En el marco de esta perspectiva, hoy miércoles, el Ejecutivo adhirió el artículo 122B al Reglamento de la Ley N° 28044 y determinó las funciones que cumplirá el profesional de Enfermería en la comunidad educativa de la institución, red, servicio o programa educativo.
Estas son sus nueve funciones en la prestación de los servicios en el área de su competencia, relacionados con la prevención y promoción de la salud a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa:
- Da inicio y desarrolla la historia de enfermería de la/el estudiante, a partir de la entrevista con cada estudiante y sus familias, y establece orientaciones y cuidados que requiere tanto en la escuela como en el hogar.
- Administra la medicación que la familia de cada estudiante envía acompañada de la respectiva prescripción médica, vigilando posibles efectos adversos o riesgos asociados y/o efectos derivados de su administración.
- Actúa en situaciones de urgencia o emergencia que se producen durante la jornada escolar. Realiza, en articulación con la dirección y/o tutores, la referencia de estudiantes al establecimiento de salud cuando se requiera.
- Brinda el cuidado integral de enfermería en la comunidad educativa, de manera científica y tecnológica.
- Participa en el ámbito de su competencia en la elaboración e implementación de los instrumentos de gestión de la institución educativa, entre ellos el Proyecto Educativo Institucional, el Plan Anual de Trabajo, así como en la incorporación de las actividades a su cargo en la programación de actividades correspondiente.
- Brinda información y orientación a la comunidad educativa sobre el cuidado de la salud y los síntomas de alarma ante afecciones, con el fin de actuar con rapidez y eficacia para la toma de decisiones en salvaguarda de la salud.
- Matiene comunicación permanente con la dirección, el comité de gestión del bienestar y docentes de tutoría que atienden a cada estudiante.
- Contribuye a la acción docente para la promoción y prevención de la salud en la comunidad educativa, así como en las acciones que se brinda a las familias en los diferentes espacios formativos que ofrece la escuela.
- Realiza coordinaciones y articulaciones con los miembros de la comunidad educativa, establecimientos de salud del ámbito territorial y otros, si fuera necesario, para contribuir multidisciplinariamente con acciones de promoción de la salud, prevención de riesgos y daños”.